Print this page
Martes, 26 Diciembre 2017 21:00

LOS PRODUCTORES AMPARADOS POR LA LEY DE EMERGENCIA ECONÓMICA TIENEN TIEMPO HASTA EL 10 DE MARZO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN Featured

Written by
Rate this item
(0 votes)
LOS PRODUCTORES AMPARADOS POR LA LEY DE EMERGENCIA ECONÓMICA TIENEN TIEMPO HASTA EL 10 DE MARZO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN LOS PRODUCTORES AMPARADOS POR LA LEY DE EMERGENCIA ECONÓMICA TIENEN TIEMPO HASTA EL 10 DE MARZO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN julio molisano reporte24

MEDIANTE UNA RESOLUCIÓN DE LA CARTERA PRODUCTIVA, SE ESTABLECE TODA LA DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA QUE SER PRESENTADA EN MARZO DEL 2018, PARA CONTINUAR DENTRO DEL MARCO DE LA LEY.

El Ministerio de Producción, estableció como tiempo límite el 10 de marzo del 2018, para que los productores, amparados por la Ley 1394-I (antes Ley 5540), presenten nuevamente la documentación necesaria para continuar dentro del marco de dicha ley.

Los productores deberán presentar la documentación que acredite que continúan en Emergencia “Económica”, que es a lo que se refiere a la ley 5540, diferenciada de las distintas emergencias agropecuarias que se han sucedido en los últimos meses.

La vieja Ley Nº 5540, nace en el año 2005 a raíz de una emergencia agropecuaria. Los productores, que en ese momento hicieron sus declaraciones juradas y presentaron la documentación necesaria, se enmarcaron dentro de esta ley especial, la cual protegía a esos productores, de manera tal que no se les podía hacer juicio, embargo o de inhabilitar los bienes, mientras dure la emergencia. Esta normativa alcanzó a casi 300 productores y a partir del 2005 se viene prorrogando ininterrumpidamente por ley de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco. La última fue en noviembre del corriente año y dura hasta el 31 de marzo de 2018.

La diferencia, respecto de los años anteriores, es que los productores después de marzo 2018 si pretenden seguir amparados por esa ley, van a tener que presentar de nuevo toda la documentación contable e impositiva que acredite que continúan en una situación de vulnerabilidad económica. Eso se estableció en la Resolución Nº 80 firmada por el Ministro Marcelo Repetto donde se exige la declaración jurada firmada por un contador, copias de las últimas tres liquidaciones de Impuestos a las Ganancias, de Impuestos a los Bienes Personales, y del impuesto a los Ingresos Brutos.

Con la documentación que demuestre que siguen en una situación financiera delicada, podrán seguir amparados por la prorroga que haga o no, la Cámara de Diputados. Sin embargo, aquel que no presente la documentación requerida, automáticamente quedará fuera de los beneficios de la Ley 1394-I (antes Ley 5540).

Por esto, es importante que los productores presenten con tiempo la documentación para ser correctamente analizadas cada carpeta. Lo pueden hacer en las delegaciones del Ministerio de producción del interior de la provincia o en la oficina de la Subsecretaria de Agricultura del propio ministerio en el 7º piso de Casa de Gobierno.

Read 1004 times

Media

RETAMOZO: “ELYDA CUESTA DIO LA ORDEN PARA QUE CORRAN A LOS BALAZOS A LOS TRABAJADORES” Julio Molisano Reporte24