Por
Guillermo N. Perez
CEO y Presidente de Grupo GNP
Sebastian Mancuso
Socio de Grupo GNP
La pandemia de Covid-19 no solo representa un drama sanitario
para la mayoría de los países del mundo. También pone a prueba los cimientos sobre los cuales se apoya el entramado productivo de dichos países.
La pandemia sanitaria encuentra a Argentina con una economía sufriendo serios problemas de productividad y de generación de riqueza, producto, entre otros factores, del tamaño del Estado que causa una asfixiante presión tributaria sobre sus empresas e individuos, y de la falta de inversión suficiente para generar un crecimiento sustentable.
Las atinadas medidas sanitarias de aislamiento social y obligatorio para ralentizar la propagación del virus provocan, al menos en el corto plazo, serios problemas en la capacidad financiera de la mayoría de las empresas de la economía, tanto al sector de empresas pymes como de grandes compañías.
Este stress financiero, de prolongarse en el tiempo las medidas el de actividades productivas, podrían convertirse en el futuro en una situación de stress económico.
Ante este stress financiero de corto plazo e incertidumbre económica en el mediano y largo plazo, y teniendo en cuenta el escenario actual de una asfixiante presión tributaria, creemos impone necesariamente tomar medidas que ayuden a las empresas a mantener las fuentes de trabajo y les otorguen mejores condiciones para volver lo más rápido posible, a niveles normales de actividad productiva.
Es la única manera sustentable para mantener vivo el anhelo de una recuperación que permita reducir la pobreza en el mediano y largo plazo.
Sugerimos las siguientes medidas imprescindibles para lograr una más rápida recuperación de la economía, una vez terminadas, en forma gradual o total, las medidas de aislamiento:
1)Compensación de créditos con deudas fiscales
Como primer punto de las medidas a considerar, el Estado debería permitir la inmediata compensación de créditos fiscales con deudas tributarias. Ningún contribuyente debería estar pagando impuestos si posee créditos fiscales probados con AFIP con los cuales podría hacer frente a las obligaciones mencionadas.
Este mismo criterio debería aplicar para, por ejemplo, empresas de construcción y empresas que proveen distintos servicios al Estado que tienen créditos impagos por certificaciones de trabajo efectuados.
Para estos casos, debería instrumentarse un sistema de pago a través de la emisión de bonos transferibles que permitan compensarse al menos parcialmente (50%, por ejemplo) con obligaciones fiscales. El resto de los bonos no absorbible contra impuestos podría ser transferible a otros contribuyentes que puedan aplicarlos.
De esta manera, se restituiría capital de trabajo sobre un sector de la economía que hoy se encuentra paralizado y que es capaz de generar un efecto multiplicador en la actividad económica.
2) Pago de Tributos y o Prestamos con Entidades Oficiales, con Títulos de Deuda Publica En similar línea, también debería evaluarse, lo que alguna vez planteamos para el segundo semestre de 2019, es decir, la posibilidad de establecer un cupo significativo de pago de Tributos y o Prestamos con Entidades Oficiales, con títulos de la deuda pública a valor técnico o un porcentaje razonable del mismo a definir (que entendemos debería ser superior al 70/75% del valor nominal ).
Generaría un significativo efecto riqueza, por un lado, los contribuyentes aplicarían los bonos soberanos a un valor muy superior al 30% del valor nominal al cual cotizan actualmente, y el Estado pagaría los mismos a valores de una “reestructuración exitosa” de deuda a través de una menor recaudación futura.
3)Moratoria Vigente, ampliación a empresas no Pymes
Otra de las medidas relevantes debería ser la ampliación de la actual moratoria vigente. Por un lado, la posibilidad de incorporar obligaciones fiscales al 31 de marzo del presente año.
Por otro lado, sería necesaria la incorporación de los contribuyentes no pymes. Sobre estos últimos, claro está, con condiciones específicas para este tamaño de empresas.
4) Diferimientos de Vencimientos Tributarios
Respecto a las obligaciones fiscales del futuro inmediato correspondientes a mayo y junio, tales como aportes y contribuciones a la Seguridad Social, IVA, anticipos y saldo de declaraciones juradas de impuesto a las ganancias, sugerimos 4.1 la prórroga del vencimiento de estas obligaciones, 4.2 el mejoramiento de las condiciones de los planes de pago vigentes y/o 4.3 descuentos que sirvan de incentivos a las empresas a abonar estas obligaciones en los vencimientos originales.
5) Contribuciones Patronales a cuenta del IVA
También, a efectos de aliviar la carga tributaria sobre el trabajo, podría evaluarse la posibilidad de que un mayor porcentaje de las contribuciones patronales puedan computarse como crédito fiscal de IVA, al menos durante un lapso prudencial de 6 meses.
Objetivos de estas medidas El objetivo principal de estas medidas proteger el capital de trabajo de las empresas para que rápidamente puedan pagar salarios, mantener es su estructura operativa y a sus empleados, volver a niveles de producción normales, recomponiendo lo más rápidamente posible el mercado interno y, una vez logrado esto, volver a condiciones normales de pago de impuestos.
Las medidas sugeridas sabemos que pueden afectar la recaudación fiscal de corto plazo, por eso necesariamente deben estar acompañadas de una prudente y sensata decisión de revisión del gasto público en todos los niveles del Estado que permita mejorar su eficiencia y contribución a la economía y a sus ciudadanos.
Solo un esfuerzo bien articulado y compartido entre el sector público y el sector privado permitirá encontrar una salida más rápida a esta difícil situación sanitaria y económica.
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