El lunes Amado Boudou cumplirá una semana desde que le fue concedido el arresto domiciliario para cumplir su condena por corrupción en el caso Ciccone. La medida fue apelada por el fiscal
Marcelo Colombo,o quien intervino como acusador en el juicio donde el ex vice fue condenado a 5 y 10 años. La Cámara de Casación decidirá la próxima semana si avala o no la decisión del juez Daniel Obligado. Entre las supuestas contradicciones expuestas por el magistrado en su resolución, se encuentra su cambio de postura respecto a si la sentencia está firme o no.
Una decisión “arbitraria”, “argumentos impertinentes y alejados absolutamente de la circunstancias particulares del caso”, planteos “irrazonables”, son sólo algunas de las valoraciones realizadas por el fiscal Colombo en su refutación de la decisión del juez de ejecución Penal, Daniel Obligado, quien otorgó la prisión domiciliaria a Boudou siete días después de haber rechazado la excarcelación.
La apelación discute uno de los argumentos de Obligado, que sostiene que la condena contra el ex vicepresidente no se encuentra firme. Señaló que hay “falta de firmeza de la pretendida condena impuesta a Boudou”, y que por eso, en el marco de la pandemia del COVI19, “era aconsejable morigerar el encierro dispuesto”.
El juez sostuvo que la detención debe “ser considerada una medida cautelar llamada a regir sólo durante el lapso estrictamente necesario para garantizar el fin procesal propuesto”, insistiendo en que la condena por cohecho aún no se encuentra firme.
Pero el representante del Ministerio Público Fiscal recordó que el 18 de Febrero de 2019 la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió que la prisión preventiva de Boudou resulta ser una “restricción que no vulnera el principio de inocencia consagrado en la Constitución Nacional”, y confirmó la acusación por cohecho y negociaciones incompatibles que el Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4) había dictado en contra del ex vice.
Entonces, el fiscal indicó que “la decisión adoptada por el superior impide reeditar aquella misma discusión sobre la base de los mismos presupuestos en una nueva instancia”. y mostró una nueva contradicción. Para el juez Obligado la condena a cinco años y 10 meses de prisión a Boudou -confirmada por la Cámara de Casación-, no podía aún ejecutarse al no encontrarse firme, “contraviniendo la línea argumental del voto del Juez Gemignani en la resolución del pasado 18 de febrero de 2019”, por empezar.
Pero al respecto hay otro antecedente. El 19 de setiembre de 2019, el mismo juez, Daniel Obligado escribió: “Tómese razón de lo resuelto por la Sala IV de la Cámara de Casación respecto de Amado Boudou (…) por lo que corresponde dar inicio a la ejecución de las penas impuestas en la sentencia” que había dictado el TOF 4. Fue el magistrado quien incluso consideró que al momento de ejecutar la pena había que computar los meses que estuvo el ex vice preso en noviembre de 2017 y que en vez de ser 5 años y 10 meses, sea una pena de 5 años y 8 meses.
En aquel momento, el juez Obligado citó el “Acuerdo Aguero”, que se estableció cómo doctrina plenaria: que “considera que está firme una sentencia con la validación en Cámara de Casación al declarar inadmisible un recurso extraordinario“, que fue lo que ocurrió en febrero de 2019. La defensa de Boudou presentó un recurso que fue rechazado por la Casación y confirmó así la pena sobre él.
Entre otro de los planteos apelados por el fiscal Colombo, se encuentra la explicación del juez al señalar la “inexistencia de suficientes causales de riesgo de fuga para mantener la prisión preventiva respecto a Boudou”. La respuesta inmediata fue que tal postura y argumentos “habían sido sopesados y rechazados por los votos de los jueces Hornos y Borinsky” en la misma resolución que confirmó la acusación y que “que colocó a Boudou nuevamente en prisión. Decisión cuya autoridad, reitero, ayer nomás este mismo Juez había reconocido“.
Así, los planteos del fiscal no sólo se centran en la falta de consulta que hubo al Ministerio Público Fiscal -algo que según sostiene la apelación es obligatorio-, sino también a cuestiones centrales respecto a la acusación contra Boudou.
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