Al final el endurecimiento para acceder al mercado de compra y venta de dólares a través de la Bolsa también alcanzó a los inversores individuales, categorizados como personas físicas. El jueves
por la noche, la circular A 7001 emitida por el Banco Central establecía ciertas condiciones para empresas, pero voceros del BCRA aclararon que las restricciones incluyen a las personas físicas.
En concreto, el punto 3 de la circular 7001 dice: “Establecer que en las operaciones de clientes que correspondan a egresos por el mercado de cambios –incluyendo aquellas que se concreten a través de canjes o arbitrajes-, adicionalmente a los requisitos que sean aplicables en cada caso, las entidades deberán requerir la presentación de una declaración jurada del cliente en la que conste que: a) en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 30 días corridos anteriores no ha efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.
b) se compromete a no realizar ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior a partir del momento en que requiere el acceso y por los 30 días corridos subsiguientes.
Este requisito no resultará de aplicación para las operaciones de egresos que correspondan a operaciones propias de la entidad en carácter de cliente”.
En concreto, si una persona hizo compras en el mercado minorista, al precio oficial más el impuesto del 30% -hasta el cupo máximo de 200 dólares por mes y por persona- no podrá realizar operaciones de dólar Bolsa o Contado con Liqui por los 30 días posteriores a la fecha en que realizó dicha compra de dólares.
A su vez, tampoco podrá hacer operaciones de contado con liqui y dólar Bolsa en los 30 días posteriores a dicha compra de dólares.
Las opciones de dólar Bolsa, por ejemplo, se hicieron atractivas para el público minorista, que pagaba cerca de 89 pesos el dólar (impuesto incluido) y podía venderlo a 115 pesos en la Bolsa. El famoso “rulo” o “pure”. Ahora, la opción que queda, para hacer una ganancia rápida, es comprar en el oficial y vender en el blue, claro que en ese caso se transforma dinero legal en dinero ilegal.
El Banco Central aprieta sí un poco más el cepo y angosta los caminos que están disponibles para comprar dólares a un precio realmente libre y de mercado.
En esta circular también estableció que empresas que recibieron ayuda del Gobierno para atravesar la pandemia tendrán que pedir autorizaciones especiales para acceder al dólar, y también fijó normas estrictas para el acceso de las personas jurídicas al MEP o el contado con liqui.
También se tomaron más medidas para atenuar la demanda sobre el dólar Bolsa. Los agentes de Bolsa no podrán participar del negocio de compra y venta de divisa en el mercado oficial.
Y la CNV presionó no muy sutilmente a los agentes de Bolsa, pidiéndoles información sobre operaciones y principales actores de ese tipo de operatoria.
La realidad es que el Banco Central quisiera obturar de forma total y definitiva el mercado del Contado Con Liqui o Dólar Bolsa. El titular del BCRA suele decir que si son operaciones cambiarias, o que el objetivo final es hacerse de divisas, dichas transacciones deberían pasar por el mercado único y libre de cambio (MULC). Claro, en ese mercado el dólar se paga alrededor de 68 pesos. El CCL vale 70% más.
La realidad es que para comprar libremente dólares hay que pedir autorizaciones y el límite para los ahorristas es de 200 dólares por mes. Por encima de ese monto, se hace imposible si la intención es el atesoramiento.
Pese a las críticas del BCRA a ese mercado, la operatoria fue considerada legal por la Justicia, en diversos fallos emitidos en 2015, cuando floreció este mercado, en el cepo anterior.
Estas restricciones, se estima, terminarán recalentando los precios, tanto en el mercado alternativo legal como en el blue, que el jueves rondó los 120 pesos.
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