En medio del aislamiento preventivo, social y obligatorio que dispuso el Gobierno para intentar evitar la propagación del coronavirus, fue presentado este martes un nuevo protocolo para el accionar
de la policía en casos de violencia de género.
Se trata de una nueva guía elaborada por los ministerios de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD); de Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad junto con el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa.
Entre otras novedades, la policía tomará declaración en el lugar a las víctimas, apartará del domicilio al agresor y convocará a personas especializado.
Este protocolo “se realizó para reemplazar los procedimientos usuales de toma de denuncia por violencia de género por parte de organismos especializados para garantizar la salud pública y el acceso a la justicia”, ante el aislamiento por coronavirus, explicó el MMGyD en un comunicado.
El nuevo instructivo establece que en los casos en los que el personal policial llegue a un lugar donde se encuentre una persona en situación de violencia de género, como primera medida deberá apartar al agresor del ambiente o espacio físico en el que se encuentre la mujer o persona LGBTI+.
A su vez, determina que los agentes de las fuerzas de seguridad no deben tomar una actitud conciliadora ni proponer una mediación con las personas denunciadas, en un ambiente de privacidad que garantice la debida confidencialidad.
En caso de que la persona en situación de violencia lo solicite, se debe autorizar la presencia de alguien de su confianza que la asista.
Por otra parte, el personal policial deberá comunicarse con la Línea 144 o la Línea 137 en los casos de violencia sexual o familiar para que desde esos dispositivos se convoque a los equipos interdisciplinarios disponibles en la localidad que acompañarán a la persona durante la declaración testimonial y evaluar los pasos a seguir para evitar su revictimización.
El nuevo protocolo también especifica que se debe privilegiar la declaración espontánea, sin cuestionar los dichos de la persona, teniendo especialmente en cuenta el estado emocional del o la declarante y que se debe evitar emitir opiniones personales o juicios de valor respecto de los hechos denunciados.
“Las partes intervinientes, en todos los casos, deben dirigirse a la persona respetando su identidad de género adoptada y el nombre de pila, aunque sea distinto al consignado en su DNI”, agrega la nueva guía.
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