Coronavirus en Argentina: compensan con 500 millones de pesos a las empresas de colectivos de larga distancia

A raíz de las restricciones implementadas por la pandemia de coronavirus ​y la compleja situación económica que atraviesan las empresas de transporte público, el Gobierno nacional fijó una

compensación de 500 millones de pesos para los servicios de larga distancia a abonarse por única vez. 

La resolución 122 del Ministerio de Transporte, publicada este jueves en el Boletín Oficial, comprende a unas 100 empresas de transporte interurbano de pasajeros que se encuentran restringidas de operar debido al alcance del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno.El monto subsidiado será repartido de forma proporcional según cada parque automotor.

Las autoridades fundamentan que esta situación extrema podría “amenazar” la continuidad de las compañías en el futuro. 

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“La Dirección Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros entendió que la situación descripta amerita la inmediata intervención del Estado nacional con la finalidad de colaborar para obtener la continuidad laboral en las empresas de transporte por automotor interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y para preservar las condiciones de conectividad en el país, que de no tomarse urgentes medidas se encontrarían seriamente amenazadas“, señala el texto.

“La situación emergente de la pandemia de COVID-19 ha generado un cese absoluto de los viajes y personas a transportar, pero con el mantenimiento de las obligaciones a cargo de las empresas, afectando obviamente la ya insostenible ecuación económica-financiera de las prestaciones y empresas, muchas de las cuales tienen comprometida su propia existencia futura”, agrega.

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Además, la resolución explica: “Estos déficits escapan a cualquier previsión empresaria y por ende resultan imposibles de absorber en forma completa por las empresas”. 

Por otra parte, el Ministerio instrumentará un “Programa de Emergencia del Transporte Público Interurbano de Pasajeros”, que incluirá la planificación, diseño e instrumentación del régimen al que se someterán las prestaciones de servicios que las empresas deberán proveer como contraprestación del subsidio excepcional.

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