Representantes de la Unión Industrial Argentina (UIA) fueron convocados para dar su opinión sobre el proyecto de Ley de Teletrabajo que se debate en el Senado de la Nación, se informó este lunes oficialmente.
Los legisladores escucharán también a integrantes del Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA); de ARGENCON, entidad que nuclea a empresas prestadoras de servicios de todos los verticales de la Economía del Conocimiento, y del CIPPEC (Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento).
El proyecto de Ley de Teletrabajo ya fue aprobado por Diputados y está en estudio en el Senado, donde la semana pasada se escuchó el testimonio del ministro de Trabajo de la Nación, Claudio Moroni; y de los representantes de las centrales sindicales CGT y CTA.
La iniciativa establece los derechos que tendrán los trabajadores y las obligaciones de los empresarios en esta modalidad de empleo que se incorporará a cada convenio colectivo de trabajo.
El dictamen establece presupuestos mínimos para el trabajo a distancia, el derecho a la desconexión, a tener una jornada determinada, y el carácter voluntario de esta modalidad de empleo a distancia.
Entre otros aspectos, se considera “teletrabajo” a la tarea que se realiza en forma parcial o total en el domicilio o en lugares distintos al establecimiento de la empresa.
El proyecto establece presupuestos mínimos que deben cumplir trabajadores y empleadores y deriva aspectos puntales a los convenios colectivos.
Los teletrabajadores tendrán los mismos derechos -salarios, licencias y vacaciones- que aquellos que lo hacen en forma presencial.
La idea es que la ley, una vez promulgada por el Poder Ejecutivo, comience a aplicarse tres meses después de que finalice el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por el gobierno para mitigar el avance del coronavirus.
La jornada laboral por la modalidad del teletrabajo debe pactarse por escrito y los trabajadores tendrán el mismo horario como si fuera presencial, garantizándose su derecho a la desconexión.
En tanto, los empleados que acrediten tener a su cargo menores y adultos mayores tiene derecho a adecuar su día de trabajo.
La modalidad a distancia, salvo en casos de fuerza mayor, es voluntaria.
De hecho, el trabajador podrá revertir el teletrabajo y volver a su tarea presencial.
Los empleadores deberán otorgar el equipamiento, las herramientas de trabajo y asumir sus gastos.
Por su parte, los trabajadores tendrán los mismos delegados que los empleados que lo hacen en forma presencial y se incorporará la modalidad de trabajo a distancia al listado de enfermedades de las ART.
Finalmente, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación deberá crear un registro donde se inscriban a las empresas que tienen trabajadores de esa modalidad.