Cevasco: “Entre el caso Santos y lo de Quilmes la primera coincidencia es la situación social”

Mientras se debate en múltiples ámbitos si fue homicidio o legítima defensa el caso del jubilado Jorge Ríos, que mató a Franco Moreyra en Quilmes poco después que este lo asaltara en su casa junto a otros cómplices, el que se refirió al tema fue el ex juez Luis Cevasco, que tuvo en sus manos a principios de los ’90 el caso del ingeniero Horacio Santos, que en Villa Devoto persiguió y mató a dos delincuentes que le habían robado el pasacasete de su automóvil.

“La primera coincidencia que encuentro entre lo ocurrido en Quilmes y el caso de Santos es la situación social: también en aquella época había también una sensación de inseguridad, habían ocurrido varios hechos de violencia”, dijo Cevasco, al ser entrevistado en RePerfilar (ver video).

“Hay que esperar a tener mayor información antes de tomar partido en la situación (de Ríos en Quilmes), porque no se sabe la distancia de los disparos, no se sabe el contexto de esos disparos, la información que se recibe es parcializada, y además hay una situación muy específica, y es que en este caso el señor Ríos tenía lesiones había sido herido y tenía lesiones similares a una sesión de tortura, así que yo creo que en contexto hay que esperar”, indicó Cevasco.

“Tanto la legítima defensa, como si hubo exceso en la legítima defensa, o emoción violenta, son aspectos que cambian de caso a caso, porque hay situaciones de hecho que pueden variar el encuadre”, afirmó, destacando que “lo que sí creo es que hay que trabajar fuertemente sobre la violencia en el conurbano, y la sensación de la gente de pérdida de seguridad, que lleva a considerar que un hecho como este pueda ser de justicia”.

“Cuando un intruso se mete en un domicilio, el dueño tiene la posibilidad de repelerlo, cualquiera sea el daño que le cause y eso lo dice claramente el artículo 34 del Código Penal”, señaló el ex magistrado, precisando que para esa reacción “no importa si el intruso está o no armado, el Código Penal no establece a ese efecto una cuestión de proporcionalidad, cuando el intruso está en el domicilio y no se retira”.

“Ahora el segundo punto que quiero destacar es que el Código Civil establece que uno tiene la facultad de recuperar lo que le ha sido robado, de motus propio en el momento del robo. Y no sabemos que le robaron al señor Ríos, por eso es muy difícil decir cómo debe encuadrarse el caso. Supongamos que hubiera salido en persecución para recuperar lo robado y en ese momento él considerase que estaba en peligro, ahí podría haber una extensión de la legítima defensa. Pero también puede haber una desproporción en esa defensa de acuerdo a los medios empleados, aunque estamos hablando en el aire, porque no conocemos el contexto, vemos una filmación, pero eso es un contexto parcializado”.

Como actual defensor del policía Luis Chocobar, otro caso en el que la muerte de un delincuente generó amplio debate, Cevasco reveló que “en ese caso, que ahora está por ir a juicio, se veía en la filmación que Chocobar dispara a la carrera, y después se demostró que en realidad le disparó al piso y la bala rebotó e ingresó. Por eso quiero volver al caso Ríos destacando que nosotros no sabemos lo que pasó exactamente, ni siquiera si el señor Ríos persiguió al ladrón en estado natural de sus condiciones mentales”.

Finalmente, Cevasco puntualizó que “mediatizar tanto estos casos es complejo para el proceso”, pero remarcó que “hay que dejar trabajar al fiscal y al juez, para ver las circunstancias específicas del caso, ya que estos casos no son de laboratorio y las circunstancias propias de cada uno pueden variar”.

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