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“Pornovenganza”: penarán a los que difundan imágenes no consentidas sexuales o eróticas

24 julio, 2020
in Sociedad
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El Senado le dio media sanción este jueves a un proyecto para modificar los artículos 155 y 169 del Código Penal, que propone penar la difusión de contenidos no consentidos de desnudez,

sexual o erótico, incluso si se han obtenido con consentimiento de la víctima. Es lo que algunos países denominan como “pornografía no consentida”.

La autora del proyecto es la presidente provisional del Senado, Claudia Ledesma de Zamora,​ y el proyecto ya tiene dictamen favorable de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales. Además, han manifestado su adhesión al proyecto algunos organismos como el Instituto de la Democracia y Elecciones (IDEMOE) y la Asociación Sindical de Profesionales del Derecho de la provincia de Buenos Aires.

En el artículo 155, la senadora santiagueña propone incorporar a la violación de secretos, los documentos con contenido sexual, desnudez o cuestiones íntimas que una persona difunda o facilite la difusión a otros por distintos medios (por redes sociales, por ejemplo), aunque hayan sido recibidos (es decir grabados o filmados) con consentimiento de la víctima.

“Será reprimido con prisión de (2) dos meses a dos años y multa de pesos diez mil ($ 10.000) a pesos cien mil ($100.000), el que, hallándose en posesión de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad, los hiciere publicar o facilitare su publicación indebidamente, si el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros”, dice el texto.

Y agrega: “Se aplicará prisión de tres (3) meses a tres (3) años y el doble de la pena de multa establecida en el párrafo anterior al que por cualquier medio, y sin expresa autorización, difundiere, divulgare, publicare, distribuyere o de cualquier manera pusiere al alcance de terceros documentos obtenidos en un ámbito de privacidad con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas, incluso mediando consentimiento de la víctima”.

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En el mismo artículo, Claudia de Zamora propone incorporar un párrafo, en el que se agravan las penas y multas, cuando eso surge con ánimo de lucro (por ejemplo, vender imágenes o videos en un programa de televisión), para infringir daño a la víctima.

Al presentar el proyecto, la legisladora señaló que este fenómeno, que en algunos países se denomina “pornografía no consentida”, creció en gran medida en los últimos años en el mundo. Al ser las mujeres las víctimas principales, constituye una nueva forma de violencia de género. Además, se vulnera el derecho a la intimidad de la persona, que es un derecho consagrado en el artículo 19 de la Constitución Nacional.

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La modificación del artículo 169 propone no solo penar los secretos y amenazas, sino también la amenaza de difundir documentos, imágenes, fotos o lo que fuera, que han sido obtenidas en una relación íntima con la víctima. La pena será más grave en estos casos.

En su adhesión al proyecto, el IDEMOE señala que “la protección de la privacidad merece herramientas disuasivas, específicamente que repudian la concreción de estos hechos que tienen por propósito atentar contra los derechos de la privacidad, intimidad, secreto, honor, la libertad, a través de la extorsión, la venganza y el ánimo de lucro, entre otros perjuicios tales como la alteración maliciosa de la integridad moral, resultados electorales o una carrera profesional “.

En otro párrafo, la organización, con la firma de la directora ejecutiva Silvana Yazbek, señala que “estos tipos de crímenes, si bien afectan a toda la sociedad, esta incorporación brinda además protección especial a las mujeres, dado que son más expuestas y vulnerables a la difusión sin consentimiento de contenidos, imágenes y audios con carga sexual, eróticos, íntimos o de desnudez de ellas que, en los hechos, menoscaban sus derechos económicos, políticos y electorales, entre otros, configurando otra forma más de violencia de género ” .

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En tanto, la Asociación Sindical de Profesionales del Derecho de la provincia de Buenos Aires, al adherir al proyecto, señala que “celebramos los avances en la labor legislativa del proyecto citado, que no hace más que interpretar la voluntad de una sociedad que repudia la concreción de esos tipos de hechos, cada día más comunes y que resulte merecedora de herramientas jurídicas disuasivas, que protejan no solamente la intimidad del individuo, sino también la libertad de expresión y decisión personal “. Lleva la firma de Juan Manuel Aceto (secretario de Organización) y de Adrián Rodríguez Antinao (secretario general).

GS​

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TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

  • Santiago Del Estero

  • Senado De La Nación

  • Claudia Ledesma Abdala

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