La diputada nacional jujeña Carolina Moisés (Frente de Todos) consideró hoy que “es urgente aprobar” el proyecto de ley que propone limitar la responsabilidad
penal a médicos e integrantes de equipos de salud por acciones realizadas durante la atención de pacientes afectados por coronavirus.
“Buscamos proteger a quienes hoy están más expuestos, corriendo riesgo con sus vidas, para que además no tengan que cargar con la preocupación en cuanto a la responsabilidad en el caso que estén tratando, específicamente casos Covid-19 , y mientras dure la emergencia sanitaria”, expresó Moisés sobre el proyecto de su autoría.
“Hoy la legislación penal establece las distintas penas por los casos de negligencia o de mala praxis, y entendemos que en esta situación tan extraordinaria que estamos viviendo, con una escena en la cual la propia enfermedad es compleja y en la que puede llegar a haber limitantes en los equipamientos y demás, buscamos que los médicos no sean objeto de denuncias, imputaciones o acusaciones”, explicó la diputada jujeña en un comunicado.
El proyecto establece que no serán punibles los procedimientos médico-asistenciales realizados en el marco de la pandemia de Covid-19 y de la emergencia sanitaria declarada por el decreto 260/2020, que sean objeto de denuncias, acusaciones y/o imputaciones penales, y no configurarán “en ningún caso los delitos tipificados en los artículos 106°, 202° y 203° del Código Penal”, tanto en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, mientras dure la emergencia sanitaria.
“Aplaudimos a los médicos, los felicitamos, les ponemos tweets y los periodistas los alaban, pero la realidad es que hoy los médicos están poniendo el cuerpo y el alma, ponen en riesgo su propia vida y la de sus familias y como sociedad no podemos cargarles la responsabilidad penal individual establecida en el Código Penal”, dijo por Crónica TV.
La norma presume que las acciones de los profesionales y el personal de la salud quedan comprendidas en los supuestos del artículo 34°, inciso 3° y 4° del Código Penal, por los que no es punible “el que causare un mal por evitar otro mayor inminente a que ha sido extraño” y “el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”, salvo que se acredite dolo o intención deliberada de propagar la pandemia o abandonar a una persona.
La iniciativa tiene las adhesiones expresas de la Confederación Médica de la República Argentina (COMRA), la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Red Integrada de Médicos Argentinos (REDIMA), entre otras entidades.