Proponen una Ley de responsabilidad del Estado para la Ciudad de Buenos Aires

Legisladores porteños del bloque Vamos Juntos (VJ) presentaron un proyecto de Ley que busca regular la responsabilidad del Estado de la Ciudad de Buenos Aires “por los daños que

su actividad o inactividad” pueda producir a los bienes o derechos de las personas.

La iniciativa, autoría del diputado Gastón Blanchetiere (VJ), figura entre las “mociones de tratamiento preferencial para las próximas sesiones” de la Legislatura porteña y la semana que viene será debatida en comisiones.

“Lo que se busca brindar es mayor seguridad jurídica en el ámbito porteño con un conjunto de reglas mínimas, claras y uniformes para todo el sector público”, dijo hoy a Télam Blanchetiere.

Y agregó: “De esta manera, también estamos cumpliendo con un elemento más que refuerza la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, con las características propias de un Estado provincial”.

De aprobarse, la norma será de aplicación para el sector público de la Ciudad y buscará “dejar en claro cuáles son los requisitos, presupuestos y estándares de la responsabilidad estatal”, dicen los fundamentos del proyecto, que cuenta también con las firmas Daniel Del Sol y María Luisa González Estevarena (VJ).

Entre los requisitos de la responsabilidad estatal de la Ciudad “por actividad e inactividad ilegítima” que el proyecto busca establecer, se encuentran: que haya un “daño cierto debidamente acreditado”, una “imputación material (…) a un órgano estatal” y una “relación de causalidad adecuada”.

En un artículo referido a la prescripción, el proyecto establece un “plazo para demandar a la Ciudad en los supuestos de responsabilidad extracontractual” de tres años “computados a partir de la verificación del daño o desde que la acción de daños esté expedita”.

En sus fundamentos, el proyecto recuerda que en 2014 el Congreso nacional sancionó la Ley 26.944 que, junto con algunos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, forman el régimen jurídico de la responsabilidad del Estado Nacional.

En la Ley 26.944 se estableció que cada provincia y la Ciudad de Buenos Aires podían adherir al régimen nacional o bien regular en el ámbito de sus jurisdicciones.

Actualmente, en ausencia de un régimen normativo específico para la Ciudad, las resoluciones de la justicia local y nacional han ido dirimiendo casos concretos puestos a su consideración.

Por eso, y con la “finalidad de unificar criterios, evitar la aplicación de otros ordenamientos jurídicos por vía de la analogía, y contribuir a la seguridad jurídica dotando de previsibilidad al particular y a las autoridades”, es que los diputados presentaron un proyecto de norma única para el ámbito de la Ciudad.

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