Por la menor recaudación, en 5 meses compensaron a las obras sociales en $ 4.000 millones

En 5 meses, para compensar la caída de la recaudación por efecto de la pandemia las obras sociales recibieron una compensación de $ 4.006 millones.

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En agosto, y por quinto mes consecutivo, la Superintendencia de Servicios de Salud otorgó un aporte especial y extraordinario, esta vez de $ 502.752.299, a las obras sociales para compensar la menor recaudación que tuvieron durante agosto en medio de la pandemia y cuarentena de acuerdo a la Resolución 1070/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

En total 73 obras sociales reciben la diferencia entre la suma de recursos percibidos por aportes y contribuciones durante agosto de 2020 –que fueron de $ 3.127.211.225 – y la recaudación de marzo de 2020, que sumó $ 3.629.963.524, de acuerdo a la información brindada por la AFIP.

Entre las entidades que recibirán aportes por agosto figuran la Obra Social del Personal del Turismo, Hotelero y Gastronómico ($ 141.678.854), Petroleros Privados ($ 39.180.978) y Construcción-Ospecon ( $ 35.989.355), actividades golpeadas fuerte por la pandemia.

Como informó Clarín, por la caída de la recaudación como consecuencia de la menor actividad y la menor recaudación de abril respecto de marzo, hubo un aporte a las obras sociales de $ 1.279,8 millones. Por la menor recaudación de mayo respecto de marzo otros $ 1.276,9 millones, por la menor recaudación de junio también respecto a marzo $ 821.8 millones y por julio $ 125,3 millones. Este menor valor se explica por el cobro de los aportes y contribuciones por el medio aguinaldo.

La medida de la Superintendencia se fundamenta en la Resolución N° 1397/20 del Ministerio de Salud que la autorizó a otorgar “un apoyo financiero a los Agentes del Seguro de Salud, con carácter excepcional y extraordinario, con recursos del Fondo de Emergencia y Asistencia, a fin de compensar la caída en la recaudación de aportes y contribuciones correspondiente al mes de julio de 2020 y los sucesivos meses, hasta tanto se levante en todo el país el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto en función de la pandemia de COVID-19 o se agoten los recursos existentes en el Fondo de Emergencia y Asistencia creado por el artículo 6° del Decreto N° 908/16, lo que ocurra primero”.

Entre sus objetivos, el Fondo de Emergencia y Asistencia tiene que asistir “a obras sociales ante situaciones de epidemias y/o emergencias en el ámbito del territorio nacional y el financiamiento de situaciones de excepción, no contempladas en las normativas vigentes y que produzcan un impacto negativo sobre la situación económico financiera de las obras sociales”.

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