Venezuela prorroga la suspensión de las operaciones aéreas por la pandemia de coronavirus

Las autoridades de Venezuela anunciaron su decisión de prorrogar 30 días la suspensión de las operaciones aéreas en el país a causa de la pandemia de coronavirus,

que ha dejado ya cerca de 60.000 contagios y 477 fallecidos.

El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (Inac) señaló en un comunicado que la medida ha sido adoptada “cumpliendo los lineamientos del Ejecutivo nacional, en aras de seguir garantizando la seguridad del pueblo venezolano y brindando el apoyo durante la contingencia actual ante la pandemia de COVID-19″.

Quedan exentas las operaciones en estado de emergencia, vuelos de carga y correo, aterrizajes técnicos, vuelos humanitarios, repatriación o vuelos autorizados por Naciones y sobrevuelos de carga y comerciales”, explicó.

Asimismo, manifestó que “como medida preventiva ante el virus, los pasajeros de las operaciones antes mencionadas deberán cumplir la cuarentena social colectiva bajo estricta supervisión del Estado, así como someterse a las evaluaciones médicas correspondientes”.

El INAC ha recalcado además que “los vuelos exceptuados deberán contar con una preautorización por parte de la Autoridad Aeronáutica Venezolana, autoridades de sanidad y migración”.

“Sigamos coadyuvando con el combate implementado por el Ejecutivo nacional contra la COVID-19, tomando las medidas necesarias para contrarrestar esta pandemia, cumpliendo con las normas preventivas emitidas por el Gobierno bolivariano, con el apoyo del Ministerio del Poder Popular para el Transporte”, señaló.

Además, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) confirmó la constitucionalidad del Decreto 4.275 del 30 de agosto de 2020 mediante la cual se declara el estado de excepción y de emergencia económica, que permite anular cualquier acto de la Asamblea Nacional mientras esté en desacato.

Asimismo considera inconstitucionales y absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica los actos de la Asamblea Nacional para derogar el decreto 4.275.

Además, la Sala Constitucional recuerda que sus sentencias tienen carácter y efectos ‘erga omnes’, inclusive para todos los órganos del Poder Público Nacional.

La Asamblea Nacional está controlada por la oposición y su presidente, Juan Guaidó, se ha autoproclamado presidente encargado de Venezuela tras denunciar fraude en la última reelección del presidente, Nicolás Maduro.

Fuente: Europa Press

PB​

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