Respondiendo a la Corte, el Procurador Casal dictaminó que los jueces no deben ser desplazados

La batalla por el destino de los jueces federales Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli tuvo en la noche del sábado un capítulo importarte: el Procurador General de la Nación

interino, Eduardo Casal, dictaminó que los tres magistrados fueron trasladados a sus cargos en la Cámara Federal porteña y el Tribunal Oral Federal 7 de manera correcta, tal como el Consejo de la Magistratura había interpretado su reglamento correspondiente y la Corte había ratificado expresamente en la Acordada 7 de 2018. Para Casal, ese organismo no puede revertir ahora su propia opinión sólo por el cambio en su composición política, y cualquier restricción a las condiciones para trasladar jueces de una jurisdicción a otra, no puede sino ser válida hacia el futuro.

Horas antes de que vencieran las 48 horas de tiempo fijado por la Corte para responder con su opinión -que no es vinculante- Casal avaló los planteos de los tres jueces, justificó la apertura de sus pedidos de per saltum que la Corte admitió el martes, y aconsejó al máximo tribunal que no devuelva a los tres magistrados barridos por el kirchnerismo a los tribunales que habían abandonado con el acuerdo del mismo Consejo que sólo dos años después cuestiona.

El procurador se sorprende de que se organismo ahora “califica a su propio acto como una mera recomendación, desconociendo que la resolución 183/2020, al considerar que los trámites de traslado de los actores no estaban completos, notificar de ello al Poder Ejecutivo y, en consecuencia, generar la intervención de los poderes cuya actuación se habría omitido, esto es, el Legislativo (emisor del acuerdo) y el Ejecutivo (el que completaría el trámite), causó efectos directos sobre la situación jurídica de los actores”.

“La cuestión de fondo a resolver consiste en establecer si el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación estaba facultado para revisar las decisiones adoptadas por el Plenario de ese cuerpo (resoluciones 46/10, 358/18 dictadas en relación con el doctor Bertuzzi, y 64/18 en referencia al doctor Bruglia) en el marco del reglamento de traslado de jueces aprobado por la resolución 155/00 y que derivaron en los traslados de los recurrentes”, razonó el jefe de los fiscales.

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