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La Justicia rechazó la prescripción de una causa por un corte en Panamericana porque uno de los piqueteros era funcionario público

16 octubre, 2020
in Sociedad
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Un corte de la Panamericana de 2014, que impidió la circulación vehicular hace 6 años y que había generado una causa penal en la que los manifestantes había sido sobreseídos, fue

declarado imprescriptible por la participación de un funcionario público.

Así lo decidió la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (Presidente), Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos, que no hizo lugar una queja interpuesta por la defensa contra la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín que revocó el sobreseimiento que había sido dictado, por prescripción de la acción penal.

En la causa se investiga el hecho ocurrido el 8 de julio de 2014, en el que los imputados habrían interrumpido el tránsito y, en consecuencia, entorpecido la libre circulación del tránsito vehicular, en la Panamericana a la altura del kilómetro 35,5, en la intersección con la Av. Henry Ford.

Sobre la mano de circulación con dirección hacia la provincia de Buenos Aires, los piqueteros se manifestaron y quemaron cubiertas en el marco de una jornada nacional de protesta contra despidos y suspensiones en la autopartista Lear.

Gendarmería reprimió esa manifestación y se inició una causa contra varias personas.

Gendarmería reprimió esa manifestación y se inició una causa contra varias personas.

El 28 de agosto de 2020 la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín revocó la resolución del Juez Federal que decretó extinguida la acción penal por prescripción, respecto de Verónica Liparelli, Gonzalo David Iaconis, Claudio Adrián Garro, Laureano Iván Forchinito, Javier Vargas Correa, Gabriel Hernán Padilla, Florencia Nurit Moya Brener, Matías Hoflejzer y Giselle Yanel Gómez y sobreseyó a los causantes en orden al delito previsto y reprimido por el art. 194 del Código Penal.

Ahora, ante el reclamo de los imputados, la Justicia volvió a ratificar la imprescreptibilidad del delito porque uno de ellos era funcionario público.

“En atención a las funciones ejercidas por Gonzalo David ​Iaconis, primero como asesor y luego como secretario privado, de diputadas provinciales, se hallaba, hipotéticamente, en la posibilidad de emplear la influencia que podría emerger de los cargos desempeñados, con el propósito de tener injerencia u obstruir de algún modo la investigación seguida en su contra”, señalan.

La suspensión de la prescripción para funcionarios públicos se extiende para todos los que hayan intervenido en el ilícito, establecieron los magistrados que concluyeron que aún no ha transcurrido el tiempo fijado legalmente para que prescriba la acción penal. Por lo que fue revocado el sobreseimiento.

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