El Gobierno eliminó las retenciones a las exportaciones de servicios basados en el conocimiento

El Gobierno reglamentó este lunes la Ley de Economía del Conocimiento a través del Decreto 1034/2020 publicado en el Boletín Oficial, mediante el cual se dispuso una baja de

los derechos de exportación del 5% al 0% para las exportaciones de servicios basados en el conocimiento.

La norma apunta a fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de pymes y aumentar las exportaciones de empresas que se dediquen a la industria del software; la nanotecnología; la biotecnología; las industrias audiovisual, aeroespacial y satelital; la ingeniería para la industria nuclear y la robótica, entre otras actividades.

La Subsecretaría de Economía del Conocimiento convocará a las empresas del sector para conformar la primera mesa sectorial, un ámbito de diálogo en el cual se explicarán en detalle los alcances de esta Ley y se trabajará en un plan de acción conjunto de cara a 2021.

La Ley 27.570, sancionada en el Congreso en octubre de este año, ofrece beneficios fiscales para fomentar las actividades de este sector, como la reducción de manera segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa y una rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales.

Además, otorga beneficios adicionales en las contribuciones patronales para las empresas que empleen mujeres, personas con discapacidad, residentes en zonas de menor desarrollo, travestis y transexuales.

Requisitos

Las compañías tendrán que acreditar que un 70% de su facturación viene de estos sectores para recibir los beneficios, además de cumplir al menos dos de los siguientes requisitos: inversión en mejoras de la calidad de sus productos y servicios; capacitación del personal o tareas de investigación y desarrollo; o bien la realización de exportaciones.

La inversión en capacitación deberá ser un 1% en el caso de las microempresas, un 2% las pymes y un 5% las grandes. Las empresas que inviertan en capacitar a desocupados menores de veinticinco y mayores de 45 años o mujeres que accedan por primera vez a un empleo formal podrán computar por el doble de su valor.

Para acreditar exportaciones, el mínimo será del 4% de la facturación anual para las microempresas, del 10% para las Pymes y un 13% las grandes.

Ventajas para las empresas

La norma establece un esquema gradual, de acuerdo al tamaño de las firmas, para los descuentos en el impuesto a las Ganancias. Así, para las Pymes se mantiene el 60%, las medianas tendrán un 40% y las más grandes, un 20%, menos de lo que tenían con la norma anterior que fue suspendida por Alberto Fernández.

Los beneficiarios de la ley podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta 70% de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado. Esos bonos podrán ser utilizados por el término de 24 meses desde su emisión para la cancelación de tributos nacionales, como IVA, excluido el Impuesto a las Ganancias. Este plazo podrá prorrogarse por 12 meses por causas justificadas.

El bono de crédito fiscal no podrá utilizarse para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación del beneficiario al régimen de la ley.

El beneficio ascenderá al 80% de las contribuciones patronales cuando se trate de nuevas incorporaciones laborales de mujeres, personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no rectificado sus datos registrales; profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería, ciencias exactas o naturales; personas con discapacidad; o personas residentes de “zonas desfavorables”.

La ley crea el Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento.

Objetivos de la ley

Los objetivos de la ley son duplicar el empleo en el sector hasta los 440.000 puestos, multiplicar por 2,5 la cantidad de exportaciones de US$ 6.000 millones a US$ 15.000 millones. El desarrollo federal de polos de economía del conocimiento y la promoción del empleo femenino y de diversidad.

JPE​

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