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Grandes fortunas: la AFIP ya trabaja en la letra chica para empezar a recaudar el impuesto

21 diciembre, 2020
in Politica
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Promulgada el viernes pasado por el Poder Ejecutivo la ley 27.605 que estableció el aporte extraordinario a las grandes fortunas, la AFIP está trabajando en las distintas normas para

poner en marcha este impuesto con el cual el gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner espera recaudar unos $ 300.000 millones.

La ley, que fue gestada por el cristinismo cuando se desató la pandemia y tuvo apoyo de aliados en el Congreso, faculta a la AFIP “a dictar las normas complementarias para la determinación de plazos, formas de ingreso, presentación de declaraciones juradas y demás aspectos vinculados a la recaudación de este aporte”.

Para la mayoría de especialistas, esta ley que fue sancionada en el senado el 4 de diciembre pasado, es contraproducente y, en lugar de lograr una mayor recaudación tendrá un impacto fiscal negativo como consecuencia de la caída en las inversiones y el ahorro en el sistema financiero, y un posible éxodo de capitales.

Consideran que grava dos veces un mismo bien, las alícuotas son excesivas y diferentes según la radicación de los bienes. Por la suma de esas consideraciones sostienen que es constitucional y abre una enorme litigiosidad.

Es que esta ley prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2% y 3,5% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos. Se estima que estarán alcanzados unos 12.000 contribuyentes.

Por los bienes situados en el exterior, si no se verifica su repatriación al menos del 30% de las tenencias en el exterior dentro de los 60 días de sancionada la ley y permanecen en el país hasta el 31 de diciembre de 2021, la tasa se eleva del 3 al 5,25%.

Una aclaración importante es que el impuesto no tiene un mínimo no imponible. Eso significa que lo alcanzados pagan la tasa correspondiente desde cero. Además, no son deducibles las deudas y grava los activos productivos. Y se suma al 2,25% que parte de esa misma masa de activos ya tributa en concepto de Bienes Personales.

La norma también alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación”.

Además, si en los últimos 180 días anteriores al 18 de diciembre –fecha de promulgación de la ley- hubo variaciones en los bienes de algún contribuyente que hicieran presumir una operación destinada a eludir el pago de este aporte, la AFIP podrá disponer que esos activos se computen a los efectos determinar el monto a cobrar por el Estado.

“No existe en el mundo una tasa patrimonial tan alta, atenta contra el derecho de propiedad, la capacidad contributiva y el principio de igualdad ante la ley”, según el tributarista César Litvin.

La ley especifica que lo recaudado por este impuesto será destinado en un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural. Otro 20% a comprar equipamientos de salud para atender la pandemia; un 20% a apoyar a pymes con subsidios y créditos. Un 20% para financiar un relanzamiento del plan de las becas Progresar destinado a jóvenes estudiantes. Y un 15% para urbanizar barrios populares en donde serán contratadas cooperativas de los vecinos de cada barrio.

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