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Ganancias: cuáles son las fechas de vencimiento del impuesto en 2021

16 enero, 2021
in Economia
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Al poco de comenzar cada año, después de los brindis y las vacaciones, llega la hora de pensar en presentar las declaraciones impositivas. Una obligación que alcanza a casi todo el

mundo: desde las empresas hasta los asalariados y jubilados, y que incluye a los autónomos.

El calendario de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece distintas fechas según el tipo de tributo. Como el Impuesto a las Ganancias es retroactivo (corresponde al año fiscal anterior), el año que viene habrá que informar sobre los ingresos y las posibles deducciones del ejercicio 2020.

Por eso, conviene conocer cuáles son las fechas de vencimiento del Impuesto a las Ganancias en 2021.

Las deducciones

Impuesto a las Ganancias. El tradicional formulario en papel.

Impuesto a las Ganancias. El tradicional formulario en papel.

La primera fecha a tener en cuenta por los contribuyentes incluidos en la llamada cuarta categoría (asalariados y jubilados, en su mayoría) es el 31 de marzo. Hasta ese día, mediante el Formulario 572, al que se accede via web por el Siradig (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias), hay que presentar el detalle de deducciones y pluriempleo (en caso de tener más de un trabajo).

El Siradig es el sistema de la AFIP que nos permite ingresar y subir de manera electrónica la información de nuestras deducciones para el Impuesto a las Ganancias. Esto es: aquellos ítems donde no pagaremos, o no pagaremos hasta un cierto importe.

A los empleados en relación de dependencia les permite transmitir electrónicamente a sus empleadores la información de esas deducciones. De esta manera, según informa la AFIP, el trabajador presenta el F. 572 web (Formulario 572) con los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo. La AFIP tiene un video que explica como hacerlo. 

Las principales deducciones son las siguientes:

  • CÓNYUGE. Personas sin ingresos o que ganan hasta $123.861 al año. La deducción llega a los $115.471.
  • HIJOS. Deben ser menores de 18 años o estar incapacitados. Se deducen del impuesto $58.323 por cada uno.
  • GASTOS MÉDICOS. No podrán superar el 5 % de la ganancia neta de todo el 2020. Hay que ingresar los comprobantes.
  • IMPUESTO AL CHEQUE. Hasta un 33 % de lo que los bancos le retuvieron durante el 2020.
  • SERVICIO DOMÉSTICO. El personal debe estar registrado, y el monto a deducir llega a $123.861.
  • ALQUILER DE VIVIENDA. Hasta un 40% de lo pagado, con un tope de $123.861.
  • INTERESES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS. Hasta $20.000 año.
  • SEGUROS DE VIDA O DE RETIRO. También gastos de sepelio del titular o de familiares a cargo, donaciones, gastos de movilidad y viáticos, aportes de sociedades de Garantía Recíproca y gastos por compra de equipamiento de trabajo.

Además de las deducciones citadas arriba, el artículo 30 de la ley 20.628 establece deducciones especiales, que van de los $ 123.861 a $ 594.533. Para una toda información referente al Impuesto a las Ganancias es bueno recurrir a la web de la AFIP. 

Declaraciones juradas

2019. Ejemplo de la AFIP. Subió el mínimo no imponible a $ 55.261.

2019. Ejemplo de la AFIP. Subió el mínimo no imponible a $ 55.261.

El otro vencimiento que conviene anotar va del 11 al 16 de junio, cuando los autónomos deben presentar sus declaraciones juradas anuales. En este caso, Ganancias se paga con anticipos en agosto, octubre, diciembre de 2021 y febrero y abril de 2022. Las empresas, en tanto, deben abonarlo entre el 13 y el 15 del sexto mes posterior al cierre del ejercicio anual.

En el caso de quienes trabajan en relación de dependencia, es el empleador quien realiza, cada mes, el descuento por Ganancias. Los solteros están alcanzados por el impuesto a partir de los $55.261 mensuales; los casados, desde $64.145 y los casados con dos hijos si ganan más de $73.104 mensuales. Si el empleado supera los $2.000.000 entre ingresos anuales y patrimonio también deberá presentar la documentación de Bienes Personales.

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TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

  • Impuesto A Las Ganancias
  • AFIP
  • SMP

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