Cuenta regresiva para el ansiado regreso a clases. El 17 de febrero es el día D para la vuelta a las aulas en la ciudad de Buenos Aires y el la provincia
de Jujuy, y el 1° de marzo para el resto de las jurisdicciones. Sin embargo, como se vienen jornadas escalonadas y reducidas, que imposibilitarán el ordenamiento de una rutina familiar, el Gobierno Nacional dispuso que los empleadores otorguen licencia laboral para uno de los padres o adultos a cargo.
Si bien no fue publicada aún en el Boletín Oficial, se trata de una medida que dictó el Ministerio de Trabajo a nivel nacional y que establece que la mamá, el papá o el adulto a cargo del menor que no asista a clases o cuente con una jornada reducida, dispondrá del derecho de una licencia laboral sin sufrir ningún descuento económico.
Con la pandemia instalada en la sociedad y en medio de un plan de vacunación que avanza a paso lento, la preocupación de los padres pasa por no poder encarar una rutina como sucedía en la “vieja normalidad”. Eso hizo que el Ministerio de Trabajo, el de Mujeres y el de Educación tomaran la determinación que se oficializará con la publicación -en breve- en el Boletín Oficial.
La presencia de esta mamá es indispensable en su hogar, por lo que tendrá justificada la inasistencia a su trabajo.
“Lo que hicimos fue renovar la justificación de la inasistencia para la persona cuya presencia en el hogar sea indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente. La diferencia está en que las distintas jurisdicciones tendrán sus propias medidas de modalidad e inicio de las clases presenciales. El año pasado fue en todo el país, por lo que todos estaban en sus casas”, explicó este jueves Claudio Moroni, ministro de Trabajo.
¿Cómo se implementa la inasistencia al trabajo? “Simplemente se deberá presentar una declaración jurada detallando días y horarios de sus hijos como para que si el empleador quisiera controlar, pueda hacerlo”, señaló el funcionario, que subrayó: “No pedimos ninguna certificación especial ni que sea algo expedido por el colegio, ya que se basarán en el principio de buena fe, el cual rige en todo acuerdo entre partes”.
No obstante, la ausencia laboral se justificará sólo ante dos situaciones determinadas de los escolarizados: 1) Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo. 2) Los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.
Cuenta regresiva para la vuelta a clases presenciales en escuelas primarias y secundarias de la provincia de Mendoza.Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes
¿Qué datos deberá contener la declaración jurada? 1) Los del niño, niña o adolescente. 2) Grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre. 3) El régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución. 4) La declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.
“Estamos viviendo un fenómeno del medioevo en pleno siglo XXI que ha complicado todo, por eso se renovó la justificación de la inasistencia”, concluyó el ministro.
Este viernes, el presidente Alberto Fernández encabezará este viernes en la Quinta Presidencial de Olivos la reunión del Consejo Federal de Educación (CFE), en la que participarán de manera presencial el ministro de Educación, Nicolás Trotta, y sus pares de las 24 jurisdicciones.
La cumbre que presidirá Fernández estará marcada por el inicio del ciclo lectivo 2021, que será anómalo y totalmente distinto al de los años previos al 2020, cuando la pandemia todavía no había irrumpido en el mundo.
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