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Advierten que los alquileres agrícolas estarán obligados a un doble registro fiscal

19 febrero, 2021
in Economia
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En el campo vuelven a sentir una excesiva presión fiscal. Esta vez no es por una suba de impuestos, pero la reglamentación del nuevo Régimen de Registración de Contratos de Locación de

Inmuebles establece que los alquileres agrícolas deberán inscribirse dos veces, en el marco de la Ley 27.551. 

“Se superpone con la obligación de informar los contratos granarios en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA). Es un doble registro del contrato, no un doble impuesto, y aunque es probable que no incida significativamente en los montos de los alquileres, incrementará el costo administrativo”, explicó ante Clarín el tributarista Santiago Saenz Valiente.

La Resolución General N° 4933/21 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada este jueves en el Boletín Oficial, da forma a lo dispuesto por el artículo 16° de la ley N° 27.551. Aquellos contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan obligados a la registración de la operación en el Régimen referido.

“El problema es que esto mismos contratos ya se tienen que presentar directamente en el SISA. Entonces, no se entiende el sentido de exigir un nuevo registro a los alquileres rurales para producción agrícola”, describió Saenz Valiente.

Y agregó: “Los fiscos y el Estado tienen que ser muy cuidadosos en eso y no exigir constantemente información de relevamiento. A los funcionarios les resulta útil para hacer una verificación, para poder controlar, pero es francamente preocupante la situación de la duplicidad”.

El contador Héctor Tristán, también tributarista, coincide en que al estipularse el registro “por la misma operación y ante el mismo organismo, por idéntico objetivo y partes intervinientes, la simplificación que alguna vez fue mencionada como objetivo ha perdido vigencia y suma una nueva obligación innecesaria al sector agropecuario”.

Tristán puso en consideración que la nueva ley de alquileres introduce “regulaciones complementarias de las locaciones” y en su artículo 16° crea el Registro de las operaciones de locación. Respecto del sector agropecuario, puso en consideración que “la nueva normativa deroga el régimen existente para la actividad ganadera, pero no se tuvo en cuenta que en el SISA ya se debe registrar todo lo respectivo a la producción de granos”.

Según Saenz Valiente se trata de “una mezcla peligrosa de burocracia que se está generando a raíz de las obligaciones formales, que tienen penalidades si no se cumplen. Porque además, muchas veces, una omisión de una obligación formal también traba operatorias, por cómo funciona el régimen, o entra dentro de la calificación de riesgo de un contribuyente. Por la falta de cumplimiento les incrementan porcentuales de retenciones o de percepciones”.

Y concluyó que “es preocupante, porque son obligaciones formales que implican una carga pública, un tiempo de dedicación, un costo. Todo el mundo pide. Los gobiernos consideran que el ciudadano, el empresario, el productor tiene que cumplir con todos los requisitos formales. Y ante una falta de cumplimiento sobrevienen multas, que tienen un costo muy elevado si no se logra presentar esta información”.

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TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

  • Alquileres
  • Presión Impositiva
  • AFIP

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