Consenso Fiscal suscripto el 4 de diciembre de 2020 por el Gobierno nacional y los representantes de las provincias.
Los siguientes son los puntos salientes del expediente que recibi la aprobacin de los senadores durante la ltima sesin extraordinaria del ao.
* Las provincias se comprometen a remitir una vez al ao a la AFIP la informacin sobre titularidad de bienes inmuebles y otros bienes registrables y su valuacin a travs de los sistemas que ponga a disposicin dicho organismo.
* Las provincias ratifican su voluntad de avanzar con la AFIP en la consolidacin de acciones que reduzcan y simplifiquen los trmites necesarios para asegurar el cumplimiento tributario por parte de los contribuyentes.
* Se propender a que las provincias adhieran al Padrn Federal-Registro nico Tributario administrado por la AFIP y la Comisin Arbitral para todos los contribuyentes inscriptos en el Convenio multilateral en el transcurso del 2021.
* Las provincias y Nacin se comprometen a trabajar en un programa integral para la simplificacin y coordinacin tributaria federal que establezca criterios comunes sobre normas generales y de procedimientos acerca de tributos, sistemas de registro, declaracin y pago de las obligaciones; regmenes de retencin, percepcin y recaudacin; regmenes especiales para pequeos contribuyentes; y domicilio fiscal electrnico unificado.
* Se reafirma que la reasignacin de recursos por transferencia de competencias, servicios o funciones previstas en el 5to. prrafo del inc. 2 del art. 75 de la Constitucin no se implementar mediante el esquema de distribucin de fondos previsto en la ley 23.548 de Coparticipacin Federal.
* Se acuerda suspender las obligaciones en materia de exenciones y escalas de alcuotas mximas contempladas para los perodos fiscales 2020 y 2021 para el Impuesto sobre los ingresos brutos y las disposiciones de los impuestos inmobiliarios, a los sellos, aquellos que gravan la nmina salarial y a los tributos especficos.
* Se introducen modificaciones a la escala de alcuotas mximas establecidas en el anexo I a la Clusula III del Consenso Fiscal 2017, en particular para la Actividad Intermediacin Financiera y en lo atinente a los servicios conexos a las actividades econmicas all mencionadas.
* Se acuerda continuar mejorando el funcionamiento de los regmenes de retencin, percepcin y recaudacin del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes del Convenio Multilateral.
* Se introducen modificaciones para homogeneizar el tratamiento impositivo de las distintas jurisdicciones provinciales o municipales al impuesto automotor, con el fin de eliminar distorsiones en la carga tributaria basadas en el lugar de radicacin, as como mejorar el ndice de cobrabilidad.
* Se acuerda que, partir del 31 de diciembre de 2020 y durante un ao, las provincias no podrn incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera respecto a los valores registrados a tal fecha, previndose ciertas operaciones de manera excepcional.
* Se acuerda que no se iniciarn, durante el trmino de un ao, procesos judiciales, y la suspensin por igual trmino de los procesos ya iniciados relativos al rgimen de Coparticipacin Federal, a afectaciones especficas de recursos y transferencias de competencias, servicios o funciones por hechos anteriores a la entrada en vigencia de este Consenso, con excepcin de aquellos que tengan sentencia firme y aquellas acciones que se inicien solo para interrumpir la prescripcin.