El Tribunal Electoral de Salta fijó el cronograma para la elección de constituyentes

El gobernador impulsa cambios en la Constitucin de Salta.

El Tribunal Electoral de Salta fij el cronograma para la eleccin de los convencionales constituyentes que tendrn a su cargo la reforma parcial de la Carta Magna provincial, impulsada por el gobernador Gustavo Senz, con el principal objetivo de limitar los mandatos de todos los cargos electivos en la provincia.

Las fechas

Fuentes judiciales informaron este martes que el prximo 15 de abril, con la distribucin y exhibicin de los padrones provisorios, comenzar el cronograma electoral para la eleccin de convencionales constituyentes.

Esa es la primera fecha de las fijadas por el Tribunal Electoral de Salta, con vistas a las elecciones de convencionales constituyentes, convocada la semana pasada por Senz, para el 4 de julio prximo.

Ese da se desarrollarn tambin las elecciones provinciales destinadas a definir cargos legislativos provinciales y municipales, y se ungir al intendente del Municipio norteo de Aguaray, que se encuentra intervenido.

De acuerdo al cronograma establecido, el 5 de mayo expira el plazo para la concertacin de las alianzas y, hasta esa misma fecha, los medios de comunicacin debern presentar los costos de los espacios publicitarios.

Las listas de candidatos, en tanto, podrn ser presentadas hasta el 15 de mayo y la campaa electoral comenzar el 4 de junio, mientras que la publicidad electoral podr ser emitida a partir del 14 de junio.

En tanto, la campaa electoral finalizar el 2 de julio, 48 horas antes del da de los comicios, a la vez que la rendicin de gastos cancelados ante la Auditora General de la Provincia se podr realizar hasta el 3 de agosto de prximo.

La reforma

El principal objetivo de esta reforma, impulsada por Senz, quien present a la Legislatura saltea el proyecto de ley de necesidad de la reforma parcial de la Carta Magna provincial el 1 de abril pasado, es limitar los mandatos del gobernador, los legisladores y los intendentes.

La ley de necesidad de la reforma constitucional sancionada por ambas cmaras de la Legislatura saltea habilita a los convencionales constituyentes a modificar la cantidad de reelecciones de los legisladores provinciales; y la fecha de inicio del perodo ordinario de sesiones legislativas.

Adems, la norma establece la modificacin del artculo 140, sobre la cantidad de reelecciones del gobernador y el vicegobernador; y el artculo 144 que adeca el informe a la Asamblea Legislativa del mandatario provincial sobre el estado general de la Provincia a la nueva fecha de inicio del periodo de Sesiones Ordinarias.

En materia judicial, se habilitar el debate del artculo 156, en sus prrafos 1 y 3, sobre jueces de Corte y jueces inferiores, al tiempo que se habilitar la discusin sobre la integracin de la Auditora General de la Provincia, entre otros temas.

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