Ante las distintas coberturas periodísticas sobre la búsqueda y aparición de niñas y niños menores de edad, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y el Ministerio Público Fiscal recordaron que se debe
evitar la publicación de datos cuando “se lesione su dignidad o reputación”.
Las dos instituciones mencionan a la Convención sobre los Derechos del Niño, en la legislación nacional, y explican que el sistema de emergencia, conocido como “Alerta Sofía”, prevé la difusión de imágenes y datos hasta que aparezca la persona buscada y pero su inmediato cese una vez que ello ocurra, con el objeto de proteger a la víctima.
Según la Ley Nº 26.522, dispone el deber respetar, entre otros, su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales.
Asimismo, refiere: “Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros”.
[ Comunicado ]
❗️El Ministerio Público Fiscal solicita que cese la difusión de la imagen y de datos personales de la niña buscada y encontrada.
??Nota completa: https://t.co/58Yk7fqgmQ
— Fiscales (@FiscalesGobAr) March 18, 2021
Por lo tanto “se prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente, a las y los sujetos a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad y la de sus padres, representantes legales o responsables, cuando se lesionen su dignidad o su reputación, o se constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar”.
La reglamentación de la Ley Nº 26.061, aprobada por el Decreto Nº 415/06, establece que los datos e informaciones a que alude el párrafo segundo del artículo 22 comprenden los de su grupo familiar, su vivienda, su escuela, su apodo o sobrenombre y todo otro que permitiera identificarlo directa o indirectamente.
Asimismo, señala que “en aquellos casos en los cuales la exposición, difusión y/o divulgación resulte manifiestamente contraria al interés superior del niño, no podrán desarrollarse aunque medie el consentimiento de los sujetos de la ley y sus representantes legales”.
El Enacom recomienda, entonces, extremar los recaudos al abordar la noticia “a fin de garantizar el más estricto resguardo de sus derechos y el cumplimiento de la normativa vigente”.
AFG
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