Preservación de la identidad: por qué Clarín pasó a hablar de M

Ante las distintas coberturas periodísticas sobre la búsqueda y aparición de niñas y niños menores de edad, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y el Ministerio Público Fiscal recordaron que se debe

evitar la publicación de datos cuando “se lesione su dignidad o reputación”.

Las dos instituciones mencionan a la Convención sobre los Derechos del Niño, en la legislación nacional, y explican que el sistema de emergencia, conocido como “Alerta Sofía”, prevé la difusión de imágenes y datos hasta que aparezca la persona buscada y pero su inmediato cese una vez que ello ocurra, con el objeto de proteger a la víctima.

Según la Ley Nº 26.522, dispone el deber respetar, entre otros, su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales.

Asimismo, refiere: “Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros”.

[ Comunicado ]

❗️El Ministerio Público Fiscal solicita que cese la difusión de la imagen y de datos personales de la niña buscada y encontrada.

??Nota completa: https://t.co/58Yk7fqgmQ

— Fiscales (@FiscalesGobAr) March 18, 2021

Por lo tanto “se prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente, a las y los sujetos a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad y la de sus padres, representantes legales o responsables, cuando se lesionen su dignidad o su reputación, o se constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar”.

La reglamentación de la Ley Nº 26.061, aprobada por el Decreto Nº 415/06, establece que los datos e informaciones a que alude el párrafo segundo del artículo 22 comprenden los de su grupo familiar, su vivienda, su escuela, su apodo o sobrenombre y todo otro que permitiera identificarlo directa o indirectamente.

Asimismo, señala que “en aquellos casos en los cuales la exposición, difusión y/o divulgación resulte manifiestamente contraria al interés superior del niño, no podrán desarrollarse aunque medie el consentimiento de los sujetos de la ley y sus representantes legales”.

El Enacom recomienda, entonces, extremar los recaudos al abordar la noticia “a fin de garantizar el más estricto resguardo de sus derechos y el cumplimiento de la normativa vigente”.

AFG

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