expresidente Macri en Olivos.”/>
La Cmara Federal de Casacin Penal rechaz un pedido para apartar al juez Mariano Borinsky y anular las resoluciones que firm en el marco de la causa en la que se investigan supuestas maniobras de espionaje ilegal desplegadas desde la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el gobierno de Cambiemos, dijeron fuentes judiciales.
El rechazo se concret a pesar de que dos querellantes en la causa reclamaron el apartamiento a partir de que se enteraron de que el juez visit al expresidente Mauricio Macri en la Quinta de Olivos.
La decisin fue tomada de forma “in lmine” (“desde el umbral”, sin dar tratamiento) por una mayora compuesta por el juez Javier Carbajo y el propio Borinsky, mientras que la tercera jueza de la sala cuarta del mximo tribunal penal vot en disidencia y sostuvo que deba darse al planteo el debido trmite.
La recusacin haba sido planteada por los abogados Rafael Resnick Brenner (condenado en la Causa Ciccone) y Jorge Chueco (condenado en el Caso Bez) en su calidad de querellantes en el marco de la causa en la que que se investigan maniobras de espionaje ilegal, incluso dentro del Penal de Ezeiza.
En el mismo planteo haban reclamado la nulidad de las resoluciones en las que la misma sala, con el voto de Borinsky, sostuvo que corresponde que el expediente pase de Lomas de Zamora a los tribunales federales de Comodoro Py 2002 porque en la Capital Federal se encuentra, entre otros, la base central de la AFI desde la cual se habran dado las rdenes para el espionaje.
Despus de que el portal de noticias El Destape publicara que Borinsky haba estado al menos 15 veces en la Quinta de Olivos durante el gobierno de Macri, los abogados querellantes pidieron su apartamiento bajo la acusacin de que “ha mantenido impropias relaciones personales y/o de amistad con personas vinculadas a este proceso y especialmente con quien fuera el ex titular del Poder Ejecutivo Nacional”.
En su respuesta, Borinsky –acompaado por Carbajo- sostuvo: “Se advierte que los peticionantes postulan la existencia de supuestos de recusacin que se basan en expresiones imprecisas y conjeturales”.
“El requerimiento de desplazamiento de uno de los jueces de una causa no puede, vlida y legtimamente, sustentarse en esa clase de hiptesis especulativas, sin mengua de la garanta del juez natural inmanente al debido proceso legal (cfr. art. 18 de la C.N.). Por consiguiente, el apartamiento pretendido debe ser desestimado in limine”, complet.
La jueza Ledesma se despeg de sus colegas, tal como se los haba adelantado das atrs en una deliberacin, y sostuvo que por “la entidad y trascendencia del planteo formulado -en tanto se esgrime la violacin de garantas que hacen al debido proceso- requiere como estndar mnimo cumplir con el procedimiento legalmente previsto”.
La magistrada remarc que deberan, adems, darse “intervencin a todas las partes, de modo de garantizar el derecho de defensa y la contradiccin; con el fin de impartir un trmite igualitario en todas las incidencias de este caso y evitar, en definitiva, mayor litigiosidad y la posible afectacin de derechos”.
El tratamiento establecido por el Cdigo de Procedimientos indica que, siempre que el planteo no sea a todas luces infundado, el juez recusado deber producir un informe en el que explique por qu cree que le corresponde seguir o no vinculado al trmite del expediente, para que luego sean sus colegas los que definan.