La Ley sancionada, autoría del diputado Roy Nikisch, incorpora a la Ley Nº 3239-E que modifica el régimen de licencias del Estatuto del Docente, además de la licencia por certificación de servicios ya vigente- una extensión de la misma hasta tanto los tramites de jubilación por invalidez y edad avanzada se encuentren operativos en la aplicación del Instituto de Seguridad Social, Seguros y Prestamos (In.S.S.Se.P.) en la plataforma Tu Gobierno Digital.
La ley establece que la licencia por tramite jubilatorio Iniciado, se extenderá para aquellos docentes que a la fecha del dictado de la presente, se encuentren en usufructo de la licencia por emisión de certificación de servicios; y dejen constancia fehaciente del inicio de tramite jubilatorio.
En los fundamentos el autor señala que la licencia por emisión de certificación de servicios “resolvió la demanda de un amplio número de docentes, en particular de aquellos que están en condiciones de obtener la jubilación ordinaria docente móvil” aunque explica que “una vez emitida la certificación de servicios prestados y aportes por parte del Ministerio de Educación, el docente debe reintegrarse a sus tareas habituales”.
En ese sentido, por la presente Ley, el docente tendrá el derecho a continuar con la licencia remunerada hasta el dictamen de la Resolución pertinente, por parte del In.S.S.Se.P. Esta iniciativa se enmarca en la demanda de docentes que se encuentran tramitando su jubilación y por iniciativa del gremio A.T.E.C
Respecto de esta ley, la titular de la Comisión de Educación, Cultura y Biblioteca Legislativa, Gladis Cristaldo, explicó que la misma hace referencia a que la licencia por tramite jubilatorio se pueda extender a todos aquellos que a la fecha del dictado se encuentren haciendo usufructo de la licencia por certificación de servicio y señaló que es una ley transitoria y complementaria.