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Jorge Capitanich: “Una vida no puede recuperarse, pero la justicia debe reparar este acto siniestro”

14 junio, 2021
in Chaco
Jorge Capitanich: “Una vida no puede recuperarse, pero la justicia debe reparar este acto siniestro”
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Frente a los hechos acaecidos en el barrio Los Silos de la localidad de General San Martín, donde falleció José Lago de 23 años, perteneciente a la etnia Qom, es preciso remarcar la voluntad indubitable de las autoridades provinciales respecto al esclarecimiento de los hechos.

En medio de tanta tragedia por esta pandemia que nos interpela cotidianamente no es posible soportar una acción alevosa que viola los principios establecidos en la ley 2011-J de nuestra provincia.

Desde el Gobierno provincial, tomamos contacto directo con los familiares de la víctima, respetando su duelo y poniendo a disposición todas las herramientas del Estado para garantizar la transparencia y el cumplimiento de todos los protocolos en la investigación del hecho.

La provincia ha sido pionera en la implementación de la ley de seguridad democrática, como así también en la creación del Comité de Prevención contra la Tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos y/o degradantes, a los efectos de erradicar la violencia institucional en cualquiera de sus formas.

La aplicación de la norma incluye la elección del defensor policial y la dirección de control policial que se pretendió regularizar mediante concurso de antecedentes y oposición (Decreto de convocatoria Nº 338/2021 y Resolución Nº 220/2021), sin lograr hasta el momento el objetivo por incumplimiento de los requisitos por parte de los postulantes.

También se ha diseñado un nuevo plan de estudios y un programa de formación progresiva para 1.900 agentes policiales a los efectos de lograr especializaciones, diplomaturas, maestrías y excelencia formativa basada en lo prescripto por la Constitución Provincial, y las leyes que reglamentan su ejercicio.

Un episodio de violencia es inadmisible. No podemos ni debemos admitir en la policía de la provincia un integrante que cometa semejante acto de barbarie. La medida disciplinaria de exoneración debe ser automática y la aplicación del Código Penal debe ser riguroso.

Una vida no puede recuperarse, pero la justicia debe reparar este acto siniestro. No puede, no debe haber en nuestras fuerzas de seguridad un miembro que admita siquiera la posibilidad de utilizar un arma para matar a otro hermano.

La policía es un agente auxiliar de la justicia. Un agente que como cualquier funcionario público es un servidor y en el cumplimiento de sus funciones debe garantizar la seguridad de todos y todas.

La diferencia entre un policía y cualquier otro agente no es solo la portación de un arma, sino contar con conocimientos y entrenamientos especiales para intervenir y manejar estas situaciones, por lo que se espera su accionar siempre sea superior al accionar de un ciudadano común. A mayores conocimientos especiales, mayor responsabilidad. Los valores que debemos defender son precisamente la vida, la libertad, el patrimonio y el honor.

Si defendemos la vida, no podemos provocar la muerte.

Por lo tanto, las decisiones adoptadas fueron:

a) separación inmediata del Director de Zona y Supervisores de la Dirección Regional de la localidad;

b) detención de 5 agentes dispuesta por la Fiscalía de Derechos Humanos de Sáenz Peña;

c) designación de un interventor de la Dirección Regional;

d) constitución del Estado como querellante particular de la causa;

e) supervisión por parte del Comité de Prevención de la Tortura y Secretaría de Derechos Humanos y Géneros nacional y provincial.

Nuestro dolor es inmenso. Nuestro compromiso es irrenunciable. Nuestra lucha es histórica.

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