
El órgano judicial de la Unión Europa (UE) decidió ayer que una administración pública, de cualquier país del bloque, podrá prohibir el uso visible en el lugar de trabajo de cualquier signo que revele convicciones filosóficas o religiosas, en rechazo a una demanda a favor del uso del velo islámico.
En una esperada decisión, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) dijo que una estricta norma de neutralidad en materia filosófica o religiosa impuesta por una administración pública a los empleados no representa una violación al derecho de la UE.
“La política de estricta neutralidad que una administración pública impone a sus empleados con vistas a instaurar en su seno un entorno administrativo completamente neutro puede considerarse que está objetivamente justificada por una finalidad legítima”, señaló la corte.
El caso se originó en una demanda presentada por una empleada pública de la Municipalidad de la localidad oriental belga de Ans, quien consideró que la prohibición del velo islámico en su local de trabajo violaba su libertad de religión y constituía una discriminación.
Fuente Ambito







