Defraudación y falsedad ideológica: fallo contra cuatro «sellos de goma» políticos

La Justicia Electoral bonaerense procesó a los responsables de cuatro supuestas agrupaciones políticas que funcionaban al amparo de sendos sellos de goma para obtener financiamiento electoral por parte del Estado pese a que, según el fallo, carecen de vocación democrática.

Los imputados afrontan cargos por “defraudación a la administración pública y falsedad ideológica de documento público” y si bien por el momento no irán presos sufrirán la inmovilización de todo su patrimonio y embargos de hasta 480 millones de pesos.

El juez federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla procesó a Ernesto Raúl Habra, Yamil Eloy Salerno, Sergio Jesús Medrano y Matías Burgos por “una serie de maniobras fraudulentas desplegadas por un conjunto de apoderados y autoridades partidarias que consistió en la conformación de partidos políticos sin representación ni vocación política real, al menos en lo que hace a este distrito electoral, para así acceder a las herramientas de financiamiento que legítimamente corresponden a las agrupaciones para su funcionamiento y su participación en la contienda electoral”.

El fallo se refiere al último proceso electoral, que derivó en la llegada de Javier Milei al gobierno nacional.  El juez explicó que la investigación “permitió detectar a un grupo de apoderados y autoridades partidarias que utilizaban datos de ciudadanos para conformar el cuerpo de afiliados y los órganos partidarios, y así constituir agrupaciones políticas que les permitieran participar de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias –al menos las del año 2023–, presentar precandidaturas, y, a partir de ello, acceder ilegítimamente al financiamiento partidario dirigido a sustentar parte de la campaña electoral y la impresión de las boletas de sufragio”.

Todo era falso

“Se detectó que las precandidaturas que estos partidos presentaban ante la Secretaría Electoral también se correspondían con personas que no tenían conocimiento de dicha postulación, o siquiera de la existencia del partido político por el cual eran presentadas.  En algunos casos, esas personas incluso se encontraban fallecidas hasta más de 10 años atrás”.

Hay mucho más.  El 27 de noviembre de 2023 el juzgado convocó a todos los que integraban las listas de candidatos presentadas pero el resultado fue que de 228 precandidaturas, un total de 170 “no fueron ratificadas por las personas postuladas como precandidatas –quienes declararon no haberlas consentido–, y solo 58 precandidaturas resultaron ratificadas”.

El juez Ramos Padilla, entonces, llamó a indagatoria a los apoderados de esos partidos y a los integrantes de las juntas torales partidarias, pero la sorpresa fue aún mayor: Todos desconocieron haber firmado las nóminas de precandidatos/as y las actas que les eran atribuidas; muchos de ellos incluso negaron conocer la existencia del partido cuya junta electoral integraban”.

La resolución subraya que “las maniobras que se analizan no se vinculan con las agrupaciones políticas más conocidas por la ciudadanía en general, sino con partidos que, en lo que hace a los hechos que aquí se investigan, no contaban con una vocación real de participar en la contienda electoral; por el contrario, buscaban desarrollar maniobras defraudatorias hacia el Estado”.

En concreto, se trata de los partidos Encuentro Republicano Federal, Esperanza del Pueblo, Justicia y Dignidad Patriótica y Proyecto Joven.  “Presentaron dentro de su nómina de precandidatos/as –además de diversas irregularidades que fueron detalladas oportunamente en las observaciones realizadas– personas que se hallaban fallecidas, en algunos casos, incluso más de diez años atrás.

 De esas supuestas agrupaciones al menos dos consiguieron concretar la defraudación, según consignó el fallo: “habrá de tenerse por consumadas aquellas en las que existió una efectiva disposición patrimonial por parte de la Dirección Nacional Electoral, es decir, en los casos de los partidos Justicia y Dignidad Patriótica, y Proyecto Joven”.

Esos partidos que, de acuerdo con el fallo -de casi 200 páginas- eran cáscaras vacías, exhibían en lo formal una intensa vida democrática, lo que quedó reflejado en la cantidad de listas internas que decían competir.

 “Las agrupaciones políticas con mayor número de afiliados y las que superaron el umbral de las PASO presentaron dos listas internas o lista única en las elecciones de agosto de 2023, en este distrito electoral.  Sin embargo, los partidos involucrados presentaron entre 3 y 5 listas internas, dependiendo el caso”.

 “Resulta imprescindible que el dinero que el Estado destina al sostenimiento económico de los partidos políticos se encuentre dirigido a agrupaciones que, más allá de sus dimensiones, alcance y despliegue territorial, tengan una representación real y una vocación verdadera de participar en una contienda electoral y acceder a los cargos públicos por los que compiten”.

Fuente Tiempo Argentino

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