Lo resolvió la Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo ante una demanda impulsada por la asociación ambientalista “Conciencia Solidaria”. Para el tribunal, el entonces gobernador Jorge Capitanich cumplió con una orden judicial y no se arrogó facultades legislativas. Además, destacó que luego se aprobó la ley Nº 4005-R que reforzó la legitimidad del proceso, aunque la misma también se encuentra judicializada.

La Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró la legitimidad del decreto Nº 2157/22 por el cual el exgobernador Jorge Capitanich actualizó el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) de la provincia del Chaco. Fue al rechazar una demanda impulsada por la asociación ambientalista “Conciencia Solidaria” que había pedido la nulidad del decreto por violar normas constitucionales, tratados internacionales de derechos humanos y leyes ambientales nacionales y provinciales.
La sentencia, a la que tuvo acceso LITIGIO, fue dictada el miércoles 13 de agosto y lleva las firmas de las juezas María Virginia Serrano y Gloria Silva.
La asociación demandante había solicitado la nulidad del decreto, argumentando que adolecía de vicios de ilegalidad e inconstitucionalidad. Según su postura, la actualización del OTBN debía ser aprobada por el Poder Legislativo y no por el Ejecutivo, ya que consideraban que este último había invadido competencias ajenas. La demanda se basó en la violación de normas constitucionales, tratados internacionales de derechos humanos y leyes ambientales nacionales y provinciales.
Dentro de las facultades del Poder Ejecutivo
El tribunal, integrado por las juezas María Virginia Serrano y Gloria Cristina Silva, analizó en profundidad el marco normativo aplicable, incluyendo la Ley Nacional Nº 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, la Constitución Provincial y las leyes locales. Destacó que el Poder Ejecutivo actuó dentro de sus facultades al dictar el decreto, en cumplimiento de sentencias previas que ordenaban la actualización del OTBN. Además, señaló que el decreto fue remitido a la Cámara de Diputados para su ratificación legislativa, tal como lo establece la ley.
En la sentencia, las camaristas también señalaron que el mencionado decreto tuvo objeciones por parte del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), lo que derivó en el dictado de un nuevo decreto, el Nº2477/23, y que esto luego fue plasmado en la sanción de la ley Nº 4005-R (aprobada durante la gestión del gobernador Leandro Zdero), por la que también se planteó la inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia, que aún se encuentra en trámite con la participación de varios amicus curiae.
“A partir de una interpretación armónica de normas y principios, emerge que el Decreto Nº 2157/22 es legítimo, pues se dictó conforme la adjudicación de competencias ambientales y complementarias y de presupuestos mínimos instituidas en el art. 41 de la Constitución Nacional, en la Ley 26331, Decreto Reglamentario 91/09 y Leyes Provinciales Nº 1762-R y 1654-R”, señala el fallo en sus fundamentos.
Asimismo, agrega que “siendo que el Poder Legislativo sancionó la Ley 4005-R, aprobando la actualización de los OTBN, lo que torna inoficioso expedirnos sobre las objeciones relativas al Ordenamiento Territorial propiamente dichas de los Bosques Nativos”.
Fuente: Revista Litigio
Cristina Rodriguez nos muestra la vida de un merendero en el Chaco, una provincia argentina que cuenta con los peores índices, 80% de pobreza, 35% de indigencia en la Ciudad de Resistencia capital de la provincia, proliferación de barrios de emergencia en la periferia sumado a la ausencia de políticas públicas en salud, educación y seguridad, el gobernador Leandro Zdero(UCR)aliado de LLA (MIlei) no puso en marcha ningún programa que traiga alguna solución ni fomente trabajo y producción.Este trabajo lo realiza FUNDECOM (Fundación Espacios Comunicacionales con el aporte de Reporte24.com.ar y la .Red digital de noticias.