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Bajar el DNU de la ley de Inteligencia, está espeso el caldo, piden la suspensión o la intervención de la Corte

6 enero, 2026
in Argentina, Politica
Bajar el DNU de la ley de Inteligencia, está espeso el caldo, piden la suspensión o la intervención de la Corte
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Cinco dirigentes de origen radical pidieron a la justicia que declare la incostitucionalidad del decreto de Javier Milei que empodera a la SIDE y la suspensión de algunos de sus artículos. Además, solicitan la intervención del máximo tribunal a través del per saltum.

Continúa las presiones para bajar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei que modifica la ley de Inteligencia. Seis dirigentes presentaron un recurso de amparo en el piden declarar la inconstitucionalidad del texto, que empodera a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), y la suspensión de parte de su articulado. Además, advierten que a través de un per saltum podrían solicitar a la Corte Suprema de Justicia que intervenga.

Los ex diputados Leopoldo Moreau, Ricardo Alfonsín, Federico Storani, Luis “Changui” Cáceres, Eduardo Santín, Manuel Garrido y Ricardo Terrile se presentaron ante la justicia federal en lo Contencioso y Administrativo un amparo en el que piden que se haga lugar a la medida cautelar. Según señaló el texto, al que se tuvo acceso, se exigió “la suspensión inmediata de la aplicación de los artículos 2° quater, 2° bis y de la modificación introducida al artículo 4 inciso 5 de la Ley 25.520 por el DNU 941/2025”, y que se disponga una “prohibición de innovar respecto del régimen normativo allí previsto, hasta tanto recaiga sentencia definitiva previa caución juratoria”.

Los cambios en el artículo 2 de la ley de Inteligencia establecen que las actividades que “se realizan en el ámbito de la Inteligencia Nacional revisten carácter encubierto en virtud de su sensibilidad, con el fin de minimizar el Riesgo Estratégico Nacional” (2do bis), estipula que se entiende por investigación de inteligencia “al conjunto de tareas y procedimientos para identificar acciones y actores involucrados en actividades de interés para la Inteligencia Nacional” y la especificación de las tareas de Contrainteligencia que incluye evitar “injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades constituidas del sistema republicano de gobierno, de los intereses estratégicos nacionales y/o de la población en general” (2do ter.)

En la modificación introducida al artículo 4 inciso 5 de la Ley 25.520, se establece que ningún órgano de inteligencia podrá “revelar, divulgar o difundir cualquier tipo de información adquirida en ejercicio de sus funciones relativa a cualquier habitante o a personas jurídicas, ya sean públicas o privadas, salvo que mediare orden o dispensa judicial o autorización expresa en el marco de convenios celebrados por la SIDE de la Presidencia de la Nación en virtud de la presente ley”.

En el amparo también se solicita que se “dicte sentencia condenatoria declarando la inconstitucionalidad y nulidad de las normas impugnadas” y se solicitó que se tenga presente la “reserva del caso federal y la eventual ocurrencia a la vía excepcional del per saltum, en los términos oportunamente planteados”. A través de esta figura, el reclamo puede pasar a la Corte Suprema en caso de que no se haga lugar al amparo, en los términos del artículo 14 de la ley 48.

Los denunciantes argumentaron la apleación al per saltum “por encontrarse en juego la interpretación directa de normas constitucionales y la validez de un Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por el Poder Ejecutivo Nacional” y “en atención a la gravedad institucional del caso, al carácter estructural de la cuestión debatida, a la afectación actual de derechos fundamentales de incidencia colectiva y a la necesidad de una respuesta jurisdiccional oportuna”.

La presentación judicial de los ex legiladores de raigambre radical se suma al amparo presentado por los diputados nacionales Esteban Paulón (Provincias Unidas), Maximiliano Ferraro y Mónica Frade (Coalición Cívica) en el que plantean la inconstitucionalidad del DNU. Según puntualizaron, el decreto “no invoca ninguna situación de urgencia real y además legisla sobre materia penal, algo expresamente vedado por el artículo 99 inciso 3 de la Constitución”.

En el ámbito del poder legislativo, el bloque de diputados de Unión por la Patria exigió que se convoque a extraordinarias para bajar el DNU que empodera y limita el control de la SIDE, mientras que Provincias Unidas pidió que la vicepresidenta Victoria Villarruel y el titular de la Cámara Baja, Martín Menem, llamen a conformar las comisiones Bicamerales de Trámite Legislativo y la de Seguimiento de las Actividades de Inteligencia. A partir de publicación del DNU este viernes, la Bicameral de Trámite Legislativo tiene diez dias para tratarlo. A partir de ahí, cualquiera de las dos cámaras puede tratar el decreto. Voces de la oposición reconocieron diálogos en la Cámara baja para coordinar la derogación

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