• Reporte 24
  • Fundeco
sábado, julio 25, 2026
Reporte 24
  • Home
  • Chaco
  • Politica
  • Economia
  • Sociedad
  • Deportes
  • Salud
  • Opinion
  • + Secciones
    • Espectaculos
    • Ciencia & Tecnologia
    • El Campo
    • Informacion General
    • Internacionales
  • Home
  • Chaco
  • Politica
  • Economia
  • Sociedad
  • Deportes
  • Salud
  • Opinion
  • + Secciones
    • Espectaculos
    • Ciencia & Tecnologia
    • El Campo
    • Informacion General
    • Internacionales
No Result
View All Result
Reporte 24
No Result
View All Result

Los detalles del decreto que reglamenta la ley de teletrabajo

20 enero, 2021
in Politica
Compartir en FacebookCompartir en Twitter

El régimen fue aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado

El rgimen fue

aprobado el 30 de julio del ao pasado por el Senado

El Gobierno nacional reglamentó este miércoles el Régimen Legal del Contrato del Teletrabajo, aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado, que regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.

La reglamentación de la ley 27.555 fue publicada en el Boletín Oficial a través del decreto 27/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo establece que “las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular”.

Tampoco “en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional”.

En tanto, en el anexo publicado este miércoles, se detalla que los artículos 2°, 3° y 4° vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral quedaron sin reglamentar.

El artículo 5°, referido al derecho a la desconexión digital, precisa que cuando “la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral”.

El decreto 27/2021 lleva la firma del presidente Alberto Fernández

El decreto 27/2021 lleva la firma del presidente Alberto Fernndez

“En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)”, dice la normativa y aclara que “no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión”.

“Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos”, puntualiza el texto.

En cuanto a las tareas de cuidado, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, “deberá comunicar en forma virtual y con precisión” el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza.

“En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva”, agrega el artículo 6°.

Respecto de la reversibilidad, deberá “ajustarse a los deberes impuestos en los artículos 9º y 10° del Código Civil y Comercial de la Nación y 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo”.

“Recibida la solicitud de la persona que trabaja, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador o la empleadora deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación del o de los establecimientos al momento del pedido”, según el artículo 7°. En ningún caso dicho el plazo podrá ser superior a 30 días.

“A los efectos de evaluar la imposibilidad de cumplir con esta obligación se tendrá especialmente en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en que se dispuso el cambio de la modalidad presencial hacia la modalidad de teletrabajo”, añade el decreto.

Por otra parte, los empleados que hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral “no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los Convenios Colectivos del Trabajo o en los contratos individuales”.

Sobre la provisión de elementos de trabajo, se remarca que “no es remuneratoria, lo cual se extiende a la compensación de gastos, aún sin comprobantes” por lo que “no integran la base retributiva para el cómputo de ningún rubro emergente del contrato de trabajo, ni contribuciones sindicales o de la seguridad social”.

Además, en ambos casos, siempre y cuando la relación entre ambas partes “no se encuentre abarcada en el ámbito de aplicación de una convención colectiva”, puedan acordar entre ellas las pautas para su determinación.

En tanto, el artículo 13°, sobre la representación sindical, sostiene que “en los casos en que se pacte la modalidad de teletrabajo al inicio de la relación, aquella debe llevarse a cabo previa consulta con la entidad sindical”.

Y añade que la representación de quienes antes prestaban servicios presenciales continuará siendo en el establecimiento laboral.

Previous Post

Las legislaturas del Norte Grande se acoplan a los esfuerzos para el desarrollo estratégico regional

Next Post

El embajador argentino en Estados Unidos aseguró que trabaja para una bilateral entre Alberto Fernández y Joe Biden

Related Posts

La agenda de Javier Milei en Brasil: encuentro con Flávio Bolsonaro y una distinción en San Pablo
Politica

La agenda de Javier Milei en Brasil: encuentro con Flávio Bolsonaro y una distinción en San Pablo

24 julio, 2026
Los derechos efectivos
Politica

Los derechos efectivos

24 julio, 2026
Saqueo petrolero en Malvinas: Milei no quiere aplicar la ley que ya se utilizó en 2021
Politica

Saqueo petrolero en Malvinas: Milei no quiere aplicar la ley que ya se utilizó en 2021

23 julio, 2026
Farmacéuticos en guardia por el nuevo intento de liberar la venta de medicamentos fuera de las farmacias 
Politica

Farmacéuticos en guardia por el nuevo intento de liberar la venta de medicamentos fuera de las farmacias 

23 julio, 2026
Una delegación del Vaticano recorrió la Argentina para preparar la futura visita del papa León XIV
Politica

Una delegación del Vaticano recorrió la Argentina para preparar la futura visita del papa León XIV

23 julio, 2026
Duro revés para Guillermo Tofoni: la Justicia le prohíbe que utilice documentación obtenida en territorio estadounidense
Politica

Duro revés para Guillermo Tofoni: la Justicia le prohíbe que utilice documentación obtenida en territorio estadounidense

23 julio, 2026
Next Post

El embajador argentino en Estados Unidos aseguró que trabaja para una bilateral entre Alberto Fernández y Joe Biden

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Busca Notas por fecha

enero 2021
L M X J V S D
 123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031
« Dic   Feb »
  • Reporte 24
  • Fundeco

© 2023 Powered by Julio Molisano.

No Result
View All Result
  • Home

© 2023 Powered by Julio Molisano.

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Create New Account!

Fill the forms bellow to register

All fields are required. Log In

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In