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El impuesto a la riqueza se judicializa y suma un fallo a favor y otro en contra

24 marzo, 2021
in Economia
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En forma acelerada, el cobro del aporte solidario por la pandemia se judicializa. Otro contribuyente particular -Nicolás Mc Loughlin- quedó provisoriamente exceptuado de pagarlo al obtener un amparo favorable por parte

de la Justicia. La jueza Cecilia Gilardi Madariaga de Negre aceptó una medida cautelar y le reclamó a la AFIP que se abstenga de tomar represalias. Poco antes, la misma magistrada hizo lo mismo con un alto ejecutivo de Globant: ambos argumentan que no se trata de un aporte voluntario, sino de un impuesto confiscatorio.

Ambos fallos suspenden el cobro del llamado impuesto a la riqueza, un partido que comenzó jugarse en Tribunales y quepor ahora va 2 a 1. Porque el juzgado federal de la localidad cordobesa de Bell Ville rechazó la solicitud de otro empresario, José Luis Prado Lardizábal, que ofreció los mismos argumentos para no hacer el aporte extraordinario a las grandes fortunas.

El impuesto a la riqueza fue aprobado por el Congreso meses atrás (la ley 27.605) y aplica a los que tienen un patrimonio de $ 200 millones, esto es cerca de US$ 1,4 millones al tipo de cambio blue. El plazo para pagar este impuesto vence la semana próxima y la AFIP calcula que alcanza a unas 13.000 personas. Pero los expertos tributarios consideran que el capítulo judicial plantea una serie de incógnitas sobre su viabilidad. En especial porque los amparos son por 90 días y hasta que se resuelvan las disputas de fondo: si es confiscatorio y su constitucionalidad, entre otras.

“Estas acciones judiciales son individuales de los contribuyentes. Es casi seguro que surjan nuevos fallos y que se resuelvan para un lado y para el otro”, explicó Gabriel Hermida, socio del Departamento de Impuestos de la consultora Auren. El experto aclara que son fallos de primera instancia y que es muy probable que sean apelados y que el conflicto de fondo sea resuelto por la Corte Suprema. Hermida calcula que un 20% de los que tienen que tributar tienen previsto iniciar acciones, previo pago “con la esperanza de que la AFIP devuelva el pago”, dijo.

Desde otro estudio jurídico aseguran que hay “muchísimos casos en preparación que no han sido presentados aún“. Y detallaron que no los presentaron porque todavía no venció el plazo para pagar, el próximo 30 de marzo. “Es muy probable que la Cámara termine revocando estas cautelares, salvo en el caso de los que perdieron residencia fiscal en 2020”, como muchos empresarios que se radicaron recientemente en Uruguay y otros países. Por lo pronto, Alejandro Scannapieco, ex director financiero de Globant y que hoy cumple tareas de consultoría en esa compañía, deberá abonar una caución de 100 mil pesos hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

El tributarista César Litvin aseguró que hay que ser cauteloso, y recomendó esperar. “La Cámara va a tener que definir si la medida cautelar es idónea o no, y si es adecuada”, dijo. Y agregó que si bien “esto abre una ventana” para que el contribuyente pida la eximición del impuesto, “esta medida no contempla el fondo de la cuestión”, como su carácter confiscatorio, como argumentan los que piden cautelares. El contador Daniel Punturo dice que “se puede afirmar que el contribuyente que no esté fiscalmente limpio seguramente vaya y pague” antes del vencimiento, pero aclaró que “tal vez pague, y luego repita, es decir, pida la devolución“.

En síntesis, las acciones que se pueden esperar de parte de los contribuyentes alcanzados por el impuesto a la riqueza son tres: pagar antes del vencimiento, no pagar y esperar el acción del fisco, o litigar. Pero todo indica que será la Corte Suprema la que defina todo.

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