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Habilitan la feria para que se trate la apelación a la prisión domiciliaria de Amado Boudou

11 mayo, 2020
in Politica
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El juez Daniel Obligado, quien concedió la prisión domiciliaria a Amado Boudou​ en medio de la emergencia sanitaria por el Covid-19, decidió en el marco de la feria

extraordinaria judicial, habilitar a que se trate la apelación del fiscal Marcelo Colombo quien se opuso a la morigeración de la detención que obtuvo el ex vicepresidente.

De esta manera, la Cámara de Casación está en condiciones de decidir si hace lugar al reclamo del representante del ministerio Público Fiscal o si convalida la decisión del magistrado.

Ante la extensión de la feria extraordinaria judicial frente a una nueva fase de la cuarentena dictada por el Gobierno nacional, la Cámara de Casación -Máximo Tribunal Penal-, determinó a través de una acordada que se dé tratamiento a los recursos que pudieran interponerse “contra las decisiones que se dicten en todos los casos de personas privadas de libertad en función de los supuestos previstos en esta Acordada según su competencia jurisdiccional, siempre que cumplan con la digitalización correspondiente”.

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Pese a haber rechazado en una primera instancia que se dé tratamiento a la apelación del fiscal Marcelo Colombo que intervino en el juicio por la compraventa de la ex calcográfica Ciccone, ahora el juez Obligado habilitó la feria judicial para que la Casación analice el reclamo interpuesto.

El representante del Ministerio Público Fiscal apeló la decisión que permitió que Amado Boudou, cumpla su condena en su domicilio, dejando así el Penal de Ezeiza. Será la Sala IV de la Cámara de Casación la que deba expedirse al respecto, la misma que en su oportunidad confirmó la condena en contra del ex vicepresidente ordenando su detención nuevamente.

Boudou -condenado a 5 años y 10 meses por la compra fraudulenta de la imprenta Ciccone- fue enviado a su casa el lunes 6 de abril. Para decidirlo, el juez Obligado, de Ejecución Penal, sostuvo que el ex vice es el único sustento emocional de su núcleo familiar, y que frente al riesgo de un eventual contagio en su situación de reclusión, correspondía morigerar su situación.

En su apelación a esa medida, el fiscal Colombo sostuvo que “esta conclusión es irrazonable y también inequitativa, en los propios términos que al magistrado parecía preocuparle en una primera ocasión”.

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Se refiere a una medida del 27 de marzo, con la que el juez Obligado rechazó concederle la excarcelación al ex vice sosteniendo que “no presenta patologías crónicas, ni tratamiento médico actual. No cursa enfermedad infecto contagiosa aguda, no presente enfermedad predisponente en caso de infección de COVID-19, se encuentra compensado hemodinámicamente en buen estado general, a febril, y sin intercurrencias clínicas agudas”.

Por eso, Colombo señala que las resoluciones del magistrado “afirman razonamientos y conclusiones contradictorias y absolutamente incompatibles entre sí, bajo idénticas premisas, lo cual representa el ejemplo paradigmático de lo arbitrario”.

Además de sostener que no se le consultó al Ministerio Público Fiscal sobre el pedido de prisión domiciliaria, “algo que obliga el Código Procesal Penal”, indicó el fiscal, la medida se apeló al considerar que nada se modificó en el corto plazo en la situación de Boudou para concederle este beneficio.

Los abogados del ex vicepresidente K, Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, habían solicitado ante el magistrado que no haga lugar al tratamiento del reclamo del fiscal Colombo, argumentando que no se trata de un caso de recuperación de la libertad -en cuyo caso habría más antecedentes para habilitar la feria- porque a Boudou no se la dieron, sino que le concedieron la prisión domiciliaria.

“Una vez que se rechazó la concesión de la libertad de nuestro asistido, en atención con la opinión del fiscal, tramitó con su noticia lo necesario para poder evaluar si correspondía entonces algún tipo de morigeración en el cumplimiento de la prisión preventiva que aún se mantiene”, expresa el escrito de los abogados. Así, remarcan que no está en discusión la excarcelación ya que cumple con un arresto pero en su domicilio.

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