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La Corte suspendió la derogación de la Ley de Tierras y ordenó que la causa siga en Bariloche

9 octubre, 2026
in Politica
La Corte suspendió la derogación de la Ley de Tierras y ordenó que la causa siga en Bariloche
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La Corte Suprema de Justicia volvió a poner en vigencia este viernes la Ley de Tierras. Fue en el marco de un acuerdo extraordinario convocado el jueves a la tarde y gracias al voto de los cortesanos Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz, por su parte, votó en disidencia.

La decisión se tomó en el marco de la demanda que interpuso a fines de 2023 la Asociación Civil Árbol de Pie, junto con otras organizaciones. Se trata de la causa que fue remitida desde Bariloche a la Cámara Federal de La Plata y luego a la propia Corte para que el trámite quede supeditado a lo que ocurriera con la demanda del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), que buscaba el mismo objetivo.

En ese marco, la mayoría cortesana sostuvo que ese trámite «ha dejado sin respuesta» a las peticiones de Árbol de Pie, con lo cual consideraron necesario dictar una medida interina para «evitar la producción de daños irreparables». Sobre esa base, dispusieron la suspensión de los efectos del artículo 154 del DNU 70/23, que disponía la derogación de la ley 26.737 de Tierras Rurales.

La decisión de la Corte

Con esa decisión, la Corte modificó los efectos que tuvo su propia decisión, tomada a principios de la semana pasada. En ese momento, Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti decidieron rechazar un reclamo de los ex combatientes con un argumento técnico: dijeron que no tenían legitimación para elevar el reclamo contra el mencionado artículo. Eso tuvo como efecto directo la pérdida de vigencia de un fallo de la Cámara Federal de La Plata que había hecho lugar al reclamo y había invalidado la derogación de la normativa.

Tras dictar la medida interina, los cortesanos dispusieron que el trámite siga ahora ante el Juzgado Federal de Bariloche, donde se había presentado la demanda. Allí deberá hacerse una evaluación más profunda del caso, pronunciarse sobre la legitimación de los autores de la presentación y se evalúe si corresponde hacer lugar a la medida cautelar reclamada.

Mientras tanto, la ley de Tierras vuelve a tener vigencia. Con ella, vuelven los límites a la compra de territorio por parte de personas o capitales extranjeros hasta el 15% del territorio municipal, provincial y nacional. Lo mismo con el Registro de Tierras Rurales.

El fallo de la Corte llegó después de una semana en la que el reclamo de Árbol de Pie promovido conjuntamente con la diputada provincial rionegrina Magdalena Odarda y las comunidades originarias Lafchenke y Lof Fvta Anecon se reactivó tras un pedido de aclaratoria de esas organizaciones para que la Corte diga si el fallo en el caso de Cecim tenía algún efecto sobre el que promovieron.

A partir de ahí, y en un contexto de fuerte reacción social contra la decisión de la Corte que repuso la derogación de la ley, el Máximo Tribunal le dio un fuerte impulso al tema. Se sortearon conjueces y se abreviaron plazos para llegar al acuerdo extraordinario de este viernes.

Fuerte disidencia de Rosenkrantz

El sorteo de conjueces dejaba entrever que no había mayoría para sacar el fallo. Como se presumía, Rosenkrantz fue quien tuvo una opinión contraria a sus colegas: planteó que «no corresponde emitir ningún pronunciamiento (…) porque este Tribunal carece de competencia para ello».

Carlos Rosenkrantz
Corte Suprema
Foto: Flickr Urtubey

«En la demanda no hay una sola indicación que permita inferir, siquiera mínimamente, que habría un peligro ambiental grave o irreversible que hiciera impostergable la adopción de una medida excepcionalísima», afirmó Rosenkrantz en su voto.

Pero uno de los puntos más fuertes de su voto recogió la reacción social que generó el anterior fallo de la Corte que tuvo como efecto la derogación de la Ley de Tierras. «El descontento que en distintos sectores de la sociedad pudo haber causado la sentencia dictada por esta Corte en la causa ‘Cecim’ no justifica adoptar decisiones que la Constitución y las leyes no permiten», apuntó el cortesano.

Ese tono siguió. Rosenkrantz marcó que proceder de ese modo, es decir, en función de la reacción social, «solamente debilitará la confiabilidad del Poder Judicial de la Nación de la que depende su aptitud para resolver de un modo que todos puedan aceptar los conflictos que muchas veces enfrentan a los argentinos».

Para Rosenkrantz, simplemente se debía enviar al causa al Juzgado Federal de Bariloche para que siga el trámite. Para él no correspondía el dictado de la medida interina ordenada por sus colegas que compusieron la mayoría.

Fuente Tiempo Argentino

Tags: politicaReporte 24
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