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La ley de Murphy y el caso Vicentin: cuando algo puede salir mal…

14 junio, 2020
in Economia
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Rubén Segal fundó el estudio jurídico que lleva su apellido en 1960. Y es considerado uno de los mayores expertos en derecho empresarial.

Con un sutil sentido de humor

apela a lo que es casi un cliché, la ley de Murphy para advertir que si algo puede salir mal, sale mal. Y le aconseja al Estado, por los costos en términos jurídicos, dar marcha atrás con el decreto 522/2020 publicado el martes pasado. Es el que dispuso la “ intervención transitoria y la ocupación temporánea anormal”, ambas por sesenta días a Vicentin. El Gobierno lo fundamentó en la continuidad de las actividades de la empresa y la preservación de los puestos de trabajo y los activos.

Según Segal, si bien, Vicentin venía de fracasar en el intento de lograr un Acuerdo Preventivo Extrajudicial y había recurrido al Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Reconquista, Santa Fe, a solicitar la apertura de su Concurso Preventivo, ese concurso se encuentra en funcionamiento.

En su visión, “el dispositivo legal pareciera una prestidigitación jurídica: hace desaparecer en primer lugar a una figura esencial e irremplazable, la del Juez natural de la causa. Luego hace desaparecer al Directorio en su conjunto y al Presidente, autoridades naturales de la Sociedad”.

Salida de Sergio Nardelli (CEO de Vicentín) de la quinta de Olivos foto German G. Adrasti

Salida de Sergio Nardelli (CEO de Vicentín) de la quinta de Olivos foto German G. Adrasti

Así, razona que descabezados el concurso y la empresa, en el escenario queda “sólo y con facultades omnímodas el Interventor que posee además la llamada ocupación temporánea anormal de todo, aunque en forma transitoria en tanto se gestiona el dictado de una ley específica de expropiación”, señala.

Segal enfatiza que tampoco se dice quién concluiría el complejo proceso de Concurso Preventivo de miles de acreedores, miles de empleados, miles de productores y angustiados acreedores, y miles de millones de pesos de pasivo.

“Ignorar la existencia del juez natural de la causa, desde ya, no es el camino”, afirma para insistir que “sin disimulo alguno se ha hurtado así al Poder Judicial de la Provincia su independencia funcional y la competencia natural del Juez ya en funciones, para el manejo y conducción por los carriles legales preestablecidos en la Ley de Concursos y Quiebras 24522”.

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El abogado sostiene que el decreto del Ejecutivo afecta derechos y garantías de particulares, resultando “política, económica y estratégicamente erróneo e inoportuno, y comprometiendo la credibilidad, la seguridad jurídica, el sentido de Justicia y el Estado de Derecho”.

-Frente a esto, ¿hay riesgos de juicios futuros contra el Estado?, se le pregunta.

. Queda una opción que se me ocurre acuciante: hacer un giro de ciento ochenta grados y dejar el decreto sin efecto.

¿Podría ser Vicentin un caso testigo para otras empresas que queden en el camino en lo que se ha dado en llamar economía pandémica, que desató en el mundo la recesión más profunda conocida hasta ahora por la humanidad?

– No existe inmunidad frente a este fenómeno meta-económico, planetario y masivo. Sugiero un estatuto de la insolvencia, que no sería una tabla de salvación de empresas con problemas de arrastre, infra capitalizadas, sobre-endeudadas o sin auto-aptitud de supervivencia; hoy ninguna legislación asume como imperativo salvar indiscriminadamente empresas inviables, no rentables, mal organizadas, mal dirigidas, no competitivas ni eficientes, etc., porque ello deformaría las reglas de la competencia en perjuicio a las restantes empresas.

-¿En qué consiste el estatuto de la insolvencia?

-En rehabilitar empresas afectadas por la pandemia económica y mantener los niveles de producción y empleo.

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