La legislación vigente indica además que se debe abonar a los trabajadores un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías
respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.