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Rechazan dar domiciliaria a un condenado por la voladura de la fábrica militar de Río Tercero

14 abril, 2020
in Politica
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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó otorgar la prisión domiciliaria al ex funcionario de la Dirección General de Fabricaciones Militares Carlos Franke, condenado a 13 años de prisión por la

voladura de la fábrica militar de Río Tercero el 3 de noviembre de 1995.

Franke está preso en la cárcel de Ezeiza desde el 26 de julio de 2018 y solicitó la prisión domiciliaria a raíz de la pandemia de coronavirus por su edad, estado de salud y para cuidar a su madre de 99 años, según argumentó ante el máximo tribunal penal federal del país.

Pero los jueces Ana María Figueroa, Carlos Mahiques y Diego Barroetaveña rechazaron por “inadmisible” el recurso de su defensa, según el fallo al que accedió Télam.

Franke fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Córdoba, que rechazó su pedido de prisión domiciliaria, en una decisión ahora confirmada por Casación.

La defensa oficial de Franke sostuvo que se trata de un “adulto mayor, de 74 años”, con enfermedades de base y eso lo coloca en “una situación de riesgo aún mayor que el resto de la población”.

Además alegó que tiene a su cargo a su madre de 99 años que no puede “valerse por sí misma”.

Franke fue incluído en un listado de grupos de riesgo confeccionado por el Servicio Penitenciario Federal sobre la población penal.

Casación consideró que no hay una “comprobación de riesgo efectivo y concreto a su salud” que derive en la necesidad de disponer su detención en el ámbito de su domicilio.

Franke está condenado por “estrago doloso agravado por la muerte de personas” a raíz de la voladura de la fábrica de armas de la localidad cordobesa de Río Tercero, que causó siete muertes.

En el veredicto tras un juicio oral se concluyó que la voladura fue “intencional” y se hizo de manera “programada y organizada” para ocultar faltantes por la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador entre 1991 y 1995, durante el gobierno de Carlos Menem.

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