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ATP: las empresas ya se pueden anotar para recibir ayuda oficial para el pago de salarios de junio

26 junio, 2020
in Economia
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La AFIP ya habilitó el sistema para que las empresas y autónomos que necesiten ayuda oficial para el pago de salarios de junio puedan registrarse. Es el ATP3, la tercera “vuelta”

del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, que había comenzado con los salarios de abril.

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio tienen tiempo hasta el 3 de julio, inclusive, para inscribirse con clave fiscal en el sitio de la AFIP.

Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores.

Los criterios para acceder al salario complementario correspondiente a junio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

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Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores.

La carga de la información se realiza a través del servicio web “Simplificación Registral”. No es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.

En este nuevo tramo del ATP, hay algunos requisitos adicionales que no existieron en las dos ocasiones anteriores. En el 85% del país -mayormente el interior, menos Chaco-, habrá un límite de $ 16.875 (un sueldo mínimo) en la contribución estatal a los sueldos. Además, las empresas que participen estarán impedidas de otorgar aumentos a los ejecutivos que conforman sus directorios.

En Buenos Aires y el conurbano, donde la cuarentena es más estricta, la asistencia seguirá con el mismo límite de $ 33.750 como máximo. De todas formas, también habrá una modificación: alcanzará a trabajadores cuyos sueldos brutos sean inferiores a los $ 120.000 (netos cercanos a los $ 100.000). En las rondas anteriores, se permitía en salarios brutos de hasta $ 250.000.

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Las actividades críticas, como turismo, hotelería y cultura, seguirán recibiendo la misma ayuda, sin tener en cuenta la consideración geográfica.

Las empresas que participan del ATP no pueden repartir utilidades, atesorar divisas a través del mercado único de cambios (el dólar “oficial”) ni realizar operaciones con títulos públicos para obtener divisas. A eso se le suma el impedimento de otorgar aumentos o mayores remuneraciones a los directorios de las empresas asistidas.

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TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

  • AFIP

  • Cuarentena

  • Sueldos Y Paritarias

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