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Chaco: Detención y secuestro de vehículos, las consecuencias de incumplir las restricciones

11 octubre, 2020
in Chaco
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La ministra de Seguridad y Justicia, Gloria Zalazar, repasó las consecuencias de no cumplir con las restricciones de circulación instrumentadas en el decreto 1314/20.

En la conferencia de prensa desarrollada en la tarde de este sábado por parte de las ministras de Seguridad y Justicia, Gloria Zalazar, y de Salud, Paola Benítez, se abordaron de forma específica distintos puntos del decreto Nº 1314/20.

En la oportunidad, Zalazar señaló que el instrumento dictado por el Ejectuvio el pasado viernes 9 se estipulan dos lapsos de tiempo que incluyen diferentes restricciones.

La primera, desde el 9 de octubre hasta las 7 del martes 13, dispone el cierre de comercios y actividades de esparcimiento y deportivas, salvo las consideradas esenciales, como las que implican compra de alimentos, farmacias y estaciones de servicio. El horario de atención comercial es de 8 a 20. A partir de las 21, sólo funcionarán deliverys hasta la hora 24.

De esta manera, hasta las 7 del martes, “está prohibida la circulación de personas y vehículos que no lo hagan por alguna actividad esencial (comprar comida, remedios, cargar combustible). Sólo podrán circular fuera de ello quienes estén vinculados a alguna actividad esencial y hayan tramitado su correspondiente permiso de circulación”.

Así, “las consecuencias de no cumplir con estas medidas aplicadas por el Poder Ejecutivo implican la detención de personas, por el incumplimiento de este decreto y encuadrando su conducta en el artículo 205 del Código Penal, más el secuestro de los vehículos en los que circularen las personas que se trasladen de un lugar a otro. Las personas y el secuestro de los vehículos son puestas a disposición de la fiscalía de turno”.

En tanto, desde las 7 del 13 de octubre, hasta la hora 24 del 24 de octubre, “en el horario de 7 a 21, las distintas actividades se podrán desarrollar como lo venía siendo antes del viernes con el plan de desescalada. Sin embargo, desde las 21 se establece la alarma sanitaria, y a partir de esa hora, sólo podrán circular aquellos que tengan permiso y estén vinculados a alguna actividad esencial”.

En este periodo aplican las mismas consecuencias de detención y secuestro de vehículo que en el primer término mencionado.

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