
La recaudación de las obras sociales sigue en baja y por eso, por sexto mes consecutivo, la Superintendencia de Servicios de Salud les otorgó un aporte especial y extraordinario, esta vez
de $ 527.437.162. Fue para compensar la menor recaudación que tuvieron durante septiembre en relación a marzo, cuando arrancó la pandemia y cuarentena, de acuerdo a la Resolución 1070/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Entre las entidades que recibirán aportes por septiembre figuran la Obra Social del Personal del Turismo, Hotelero y Gastronómico ($140.461.640), Construcción-Ospecon ( $ 49.729.196) y Conductores de Transporte de colectivos de Pasajeros ($ 38.277.686), tres actividades golpeadas muy fuerte por la pandemia.
En total 70 obras sociales reciben la diferencia entre la suma de recursos percibidos por aportes y contribuciones durante septiembre de 2020 –que fueron de $5.992.237.278 – y la recaudación de marzo de 2020, que sumó $5.464.800.116, de acuerdo a la información brindada por la AFIP.
Como informó Clarín, por la caída de la recaudación como consecuencia de la menor actividad y la menor recaudación de abril respecto de marzo, hubo un aporte a las obras sociales de $1.279,8 millones. Por la menor recaudación de mayo respecto de marzo otros $1.276,9 millones, por la menor recaudación de junio también respecto a marzo $821,8 millones, por julio $125,3 millones, por agosto $502,7 millones y por septiembre $527,4 millones. En total suman $4.533 millones. El menor valor de julio se explica por el cobro de los aportes y contribuciones del medio aguinaldo.
La medida de la Superintendencia se fundamenta en la Resolución N°1397/20 del Ministerio de Salud que la autorizó a otorgar “un apoyo financiero a los Agentes del Seguro de Salud, con carácter excepcional y extraordinario, con recursos del Fondo de Emergencia y Asistencia, a fin de compensar la caída en la recaudación de aportes y contribuciones correspondiente al mes de julio de 2020 y los sucesivos meses, hasta tanto se levante en todo el país el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto en función de la pandemia de COVID-19 o se agoten los recursos existentes en el Fondo de Emergencia y Asistencia creado por el artículo 6° del Decreto N° 908/16, lo que ocurra primero”.
Entre sus objetivos, el Fondo de Emergencia y Asistencia tiene que asistir “a obras sociales ante situaciones de epidemias y/o emergencias en el ámbito del territorio nacional y el financiamiento de situaciones de excepción, no contempladas en las normativas vigentes y que produzcan un impacto negativo sobre la situación económico financiera de las obras sociales”.
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