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Un ex juez previsional cree que Boudou no debería cobrar su pensión

8 diciembre, 2020
in Politica
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A contramano de la opinión de algunas fuentes judiciales consultadas por Clarín luego del fallo de la Corte Suprema que confirmó la condena a Amado Boudou

por corrupción en el caso Ciccone, el experimentado ex camarista del fuero previsional Luis Herrero explicó ante este diario las razones por las cuales el ex vice no debería cobrar su pensión especial.

“La ley 24.018, que establece el régimen especial de jubilaciones para jueces, ministros de la Corte, Presidente y Vicepresidente de la Nación, dice en su artículo  29 que ‘los beneficios de esta ley no alcanzan a los beneficiarios de la misma que, previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones’. Ese artículo es central para interpretar el caso Boudou”, analiza Herrero.

Para el juez previsional que antes de su jubilación hace un año fue perseguido por sus sentencias en contra de la Anses y a favor de los reclamos de los jubilados, “el capítulo 1 de esa ley establece que el presidente y el vice gozarían de una asignación vitalicia que es de carácter honorífico. Atención con esa palabra. La asignación no es previsional, ni está sujeta a las reglamentaciones que operan sobre esos beneficios. Sólo la reciben quienes tuvieron e hicieron honor a esos cargos.”

“Al no revestir caracter previsional el beneficio, sino honorífico, la competencia en un eventual reclamo sería del fuero contencioso administrativo federal y no de la seguridad social”, razona Herrero.

Boudou no fue destituido de su cargo por juicio político, pero luego de su condena  firme quedó herido de muerte el honor en su desempeño como vicepresidente, y la incoherencia que representaría el goce de esta asignación vitalicia cuando fue condenado por la justicia penal.

Para el camarista, hay varios antecedentes recientes a la luz de los cuales se le debería retirar la asignación al ex vice considerado como corrupto por los tribunales argentinos. “La Corte fue contundente en el caso del juez Antonio Boggiano, integrante de ese mismo tribunal destituido por el Senado en 2005. Aunque estaban cubiertos los requisitos formales para que recibiera su pensión, no le corresponde cobrarla porque no estuvo a la altura del honor que le confería el cargo“.

“En la justicia estuvo en duda este tema del honor por un lado y la cuestión previsional por el otro”, recuerda Herrero. “El dictamen del procurador general de la Nación hizo hincapié en que la destitución de Boggiano no tenía relación con su jubilación. Pero la Corte no se adhirió ese criterio, y dijo que las asignaciones no son previsionales, sino que son honoríficas. Esa definición es clave.”

El camarista recuerda que algo parecido le pasó al diputado catamarqueño Angel Luque, luego de que lo echaron por unas declaraciones muy desafortunadas respecto de su hijo y María Soledad Morales. “En esa época los diputados tenían la jubilación de privilegio. Pero el diputado radical de Catamarca José Furque impugnó esa jubilación, y la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social hizo lugar a ese planteo, y se la quitaron. El fallo fue confirmado luego por la Corte, aunque no se ajustaba totalmente al enunciado del artículo 29 de la ley.”

“El embajador Oscar Spinosa Melo tuvo un problema similar. Los diplomáticos tienen un régimen especial -mal llamado privilegiado- similar al de los jueces. Spinosa Melo tuvo un escándalo en Chile, con fiestas indecorosas y supuestas tentativas de extorsión. A causa de eso fue exonerado de la cancillería. Hizo el planteo judicial, y la Corte le dio la razón: anuló la sentencia anterior e hizo prevalecer el carácter previsional del régimen especial” sigue recopilando Herrero.

“Ahora, por haber sido condenado, a Boudou no le correspondería recibir su asignación vitalicia. En el gobierno anterior, la Anses se la había negado como consecuencia de su procesamiento. La titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, también dictaminó en contra. Pero con el nuevo gobierno, gracias a un dictamen del procurador del Tesoro Carlos Zannini se revirtió aquella resolución bajo el argumento de que la condena al ex vice no estaba firme”.

“Entonces hubo otra polémica, porque con la confirmación de la Casación ya estaba el doble conforme que exigen todos los parámetros. Pero el juez Obligado dijo que faltaba resolver la queja ante la Corte. Yo comparto ese criterio. Pero ahora esa situación no existe, la condena ya es cosa juzgada. Entonces para mí, el cobro de la asignación mensual vitalicia debe caducar“, cierra el camarista. “Alguna ONG o el Ministerio Público deberían plantear la revocación del beneficio en la justicia mediante un amparo, como ocurrió en el caso Luque.”

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TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

  • Amado Boudou
  • Corrupción K
  • Caso Ciccone

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