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Misiones: la Justicia ordenó liberar a María Ovando

23 febrero, 2021
in Sociedad
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Un juez Correccional y de Menores de Posadas hizo lugar a un Habeas Corpus y ordenó la inmediata libertad de María Ovando, la mujer que en octubre del año

pasado fue condenada a 20 años de cárcel por haber facilitado los abusos sexuales que sufrieron una hija y una nieta. Por ese hecho también fueron condenados dos jóvenes, aunque a penas menores.

En su fallo, el juez César Jiménez, estableció que Ovando no podrá salir de la provincia ni del país sin autorización judicial y en una primera etapa deberá presentarse una vez a la semana en la comisaría más cercana al lugar que establezca como domicilio. Además, ordenó al Tribunal que la sentenció que ponga a disposición de Ovando un asistente social y acompañamiento terapéutico.

El recurso había sido presentado a fines del año pasado por los defensores Eduardo Paredes y Roxana Rivas con el acompañamiento de Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo. El 4 de diciembre, la jueza Marcela Leiva rechazó el Habeas Corpus, pero los abogados advirtieron que cometió un error al no convocar a Ovando a una entrevista. La Cámara le dio la razón.

Los defensores sostuvieron que Leiva actuó “con claro desconocimiento del Derecho”. Y que “no corresponde la privación de la libertad hasta tanto quede firme la condena, atento a que no hay ningún dato cierto que pueda demostrar que María pueda entorpecer el proceso judicial o que pueda fugarse”. Además, recordaron que “llegó en libertad al debate oral y debería permanecer así hasta tanto la sentencia quede firme”. Para Rivas y Paredes el fallo “no está vigente” y esa situación torna “ilegal la detención”.

Leiva decidió dar un paso al costado y giró el expediente a Jiménez, que este lunes mantuvo una extensa entrevista con Ovando y sus defensores. En la tarde de este martes, dio a conocer la resolución en la que hace lugar al Habeas Corpus en favor de Ovando.

Jiménez declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del Artículo 507 del Código Procesal de Misiones, que establece que “cuando el condenado a pena privativa de libertad no está preso, se debe ordenar su captura salvo que aquella no exceda de seis meses de prisión y no exista sospecha de fuga. En este caso, se notifica al condenado para que se constituya detenido dentro de los cinco días. Si el condenado está preso, se debe disponer su alojamiento en la cárcel penitenciaria correspondiente, a cuya dirección se le comunica el cómputo y se le remite copia de la sentencia”.

El fallo establece que la libertad de Ovando estará circunscripta a las inmediaciones del domicilio que fije, y que las salidas deberán ser para la compra de alimentos y medicamentos. Además, en los primeros tres meses deberá presentarse una vez a la semana en la comisaría más cercana a su vivienda. Entre el tercer y quinto mes esa obligación será quincenal. Y a partir del 23 de julio una vez por mes.

A fines de octubre del año pasado, el Tribunal Penal de Eldorado integrado por los jueces Lyda Gallardo, Teresa Ramos y Eduardo Jourdan, condenó a Ovando a 20 años de cárcel por facilitar los abusos sexuales que sufrieron una hija y una nieta a manos de su pareja, Marcos Laurindo -fue condenado a 18 años de cárcel- y Lucas Ferreira, a doce años.

Los jueces dispusieron también la inmediata detención de Ovando alegando la posibilidad de fuga, teniendo en cuenta lo elevada de la pena impuesta. La mujer había llegado en libertad al juicio, suerte que no tuvieron Laurindo y Ferreira.

Ovando ya había atravesado un juicio oral. Fue por la muerte de una hija desnutrida, a la que enterró en la selva, cerca de su casa. En esa oportunidad fue absuelta.

Sus problemas judiciales volvieron en 2015, luego que una maestra denunciara el estado de abandono de las hijas de Ovando. Las nenas fueron entregadas a su abuela paterna, a la que relataron los abusos sexuales que sufrían por parte de Laurindo y Ferreira, con complicidad de su madre.

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