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Monotributo: cómo impactan en el contribuyente los cambios de AFIP

29 marzo, 2021
in Economia
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El domingo tras la maratónica sesión en la Cámara de Diputados tanto el proyecto del cambio en el Impuesto a las Ganancias, impulsado por Sergio

Massa, como el del Monotributo recibieron media sanción. Qué modificaciones recibirá la iniciativa que impacta en los autónomos.

La iniciativa fue aprobada por unanimidad en el recinto, por 237 votos positivos y dos abstenciones, y ya fue girada al Senado para su tratamiento en los primeros días de abril.

Los topes de las categorías tendrán subas de alrededor del 35%, y quienes pasen del Régimen Simplificado al Régimen General, ya sea de manera voluntaria u obligatoria, tendrán bonificaciones en las deducciones de IVA y Ganancias.

El proyecto busca actualizar los topes de cada categoría y crear un “puente” para aliviar el paso al régimen general (Autónomos) a los contribuyentes que hayan excedido del límite de facturación.

¿Qué cambios introduce el proyecto de ley remitido por el PEN?

El proyecto interviene sobre tres planos:

1. Procura aliviar la carga de los contribuyentes que son excluidos del Régimen Simplificado que al pasar al Régimen General acumulan deudas fiscales muy difíciles de afrontar. “Es importante tener en cuenta que en muchos casos el tiempo transcurrido entre la causal de exclusión y el momento en el cual el contribuyente toma conocimiento que incumplió algún requisito para continuar siendo monotributista puede ser mayor a un año”, advierte el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont. En estos casos, el contribuyente suele no tener la capacidad financiera necesaria para afrontar la carga tributaria consecuencia de la exclusión.

2. Genera un puente entre el Régimen Simplificado (RS) y el Régimen General (RG), con la intención de resolver uno de los problemas más complejos del monotributo: la diferencia de la carga tributaria entre ambos termina actuando como una traba para que los contribuyentes asuman la transición entre ambos regímenes.

3. Resuelve un problema transitorio de actualización del monotributo durante 2021, como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional, que es el previsto en la normativa vigente para su actualización. En este aspecto, además, el proyecto contempla la forma de resolver la actualización retroactiva al primero de enero minimizando los inconvenientes que podría acarrear a los contribuyentes.

Para qué se promueven las modificaciones

El paso del Régimen Simplificado al Régimen General tiene un primer inconveniente que es de orden administrativo: el contribuyente pasa de efectuar un pago mensual mediante un trámite sencillo a la presentación de Declaraciones Juradas de IVA y Ganancias con presentación de documentación mensual y demás requerimientos.

El otro inconveniente es el salto que suele originar el paso de un Régimen a otro en cuanto a los montos a pagar en materia de impuestos (y contribuciones a la seguridad Social, en su carácter de Autónomo).

La mayor complejidad administrativa y el salto en la obligación actúan como un incentivo para el contribuyente a procurar mantenerse en el monotributo, muchas veces mediante la subdeclaración de ingresos.

A su vez, cuando la AFIP detecta un contribuyente del Régimen Simplificado que se excede- por los parámetros físicos o los ingresos brutos- lo excluye y por tanto pasa al Régimen General. “Los contribuyentes que son excluidos habitualmente por cruces sistémicos relacionados a facturación asciende a 20.000 contribuyentes al año (menos del 1% del total del RS)”, expone el paper.

En tal sentido, en reiteradas oportunidades la exclusión fuerza al sujeto a pasar a la informalidad por el monto de la obligación determinada por el tiempo transcurrido

Cómo se hace

El proyecto contempla:

  • Suspender durante el 2020 las exclusiones del monotributo que no sean por el monto de Ingresos Brutos (facturación), tales como monto de alquiler, consumo de energía, etc.
  • Cuando el contribuyente se excedió en la facturación en hasta un 25% (inclusive), tiene la opción de quedarse en el monotributo, pagando un recargo y pasando a la categoría máxima de su actividad (H si es servicios y K si es venta de cosas muebles).
  • Si facturó más de 25% pasa al RG y se presumen gastos para reducir la carga tributaria del período entre que se originó la causal de exclusión y la actualidad, con el objetivo de reducir la obligación.
  • Si el contribuyente se pasó voluntariamente al Régimen General y facturó hasta un 25% más que el tope, puede volver a ser monotributista, premiando al contribuyente cumplidor.

Se establece un régimen permanente que le permite al contribuyente que pasa del RS al RG a utilizar como crédito fiscal los originados en las compras realizadas en los 12 meses anteriores al momento en el cual suceda dicho pase.

Los contribuyentes que pasen voluntariamente al RG tendrán un beneficio adicional que consiste en una reducción del saldo deudor en el IVA que será: del 50% el posterior al pase de régimen, del 30% el siguiente y de 10% el siguiente. Así, el contribuyente que pasa voluntariamente tiene 4 años de beneficio: el 1ro puede utilizar las compras de los 12 meses previos; el 2do el 50% de IVA; el 3ro el 30% de IVA y el 4to el 10% de IVA.

A quiénes benefician las modificaciones

● A todos los Monotributistas porque establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar del Régimen Simplificado al Régimen General.

● A los Monotributistas que hubieran sido excluidos de este impuesto durante 2020 y se los “perdona” por única vez.

● A la administración tributaria que va a disponer de mucha más información sobre las operaciones entre monotributistas y responsables inscriptos de IVA, porque se incrementa el control por oposición.

SN

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TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

  • Monotributo
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