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OFICIALIZARON LA EXENCIÓN DE GANANCIAS AL MEDIO AGUINALDO DE DICIEMBRE

12 diciembre, 2014
in Argentina
julio molisano reporte24
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julio molisano reporte24
OFICIALIZARON LA EXENCIÓN DE GANANCIAS AL MEDIO AGUINALDO DE DICIEMBRE

BOLETÍN OFICIAL

El gobierno nacional oficializó la decisión de exceptuar de ese impuesto, de manera extraordinaria y por única vez, al medio aguinaldo de los trabajadores con ingresos brutos de hasta 35 mil pesos mensuales.

Así lo hizo a través del decreto 2354, que se publica hoy en el Boletín Oficial luego del anuncio realizado el miércoles de la semana pasada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en el marco del cierre de la XX Conferencia de la Unión Industrial Argentina (UIA).

“Increméntase, respecto de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de dicha Ley, hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario”, dispone el artículo 1°.

Añade que para obtener ese importe neto “se deberán detraer del importe bruto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario los montos de aportes correspondientes al Sistema Integrado Previsional Argentino —o, en su caso, los que correspondan a cajas Provinciales, Municipales u otras—, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Régimen Nacional de Obras Sociales y a cuotas sindicales ordinarias y a cuotas sindicales ordinarias”.

El artículo 2° de la norma -que también lleva las firmas del jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el ministro de Economía, Axel Kicillof- deja en claro que el beneficio dispuesto “tendrá efectos exclusivamente para la segunda cuota del sueldo anual devengado en el año 2014 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre los meses de julio a diciembre de 2014 no supere la suma de 35 mil pesos”.

Por su parte, el artículo 3° señala que “el beneficio derivado de lo dispuesto precedentemente deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes que comprendan a las remuneraciones devengadas en el mes de diciembre del año 2014” y que “los sujetos que deban actuar como agentes de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto “Beneficio Decreto N° 2354/14”.

En los considerandos se destaca “que es política permanente del Poder Ejecutivo Nacional instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional”.

Además, se subraya que la medida adoptada por única vez “es posible gracias a un responsable manejo de las finanzas del Estado Nacional, tanto respecto de sus ingresos como de sus gastos”.

Al realizar el anuncio la semana pasada, Cristina dijo que la medida, similar a la aplicada en forma idéntica en 2012 y 2013, beneficiará a 784 mil asalariados.

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