Los 43 mil detenidos alojados en las cárceles de la provincia de Buenos Aires estarán hiperconectados. Es que el Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires habilitó el uso de teléfonos celulares, notebooks y tablets en los calabozos, aunque el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) elaboró un protocolo que les veda el acceso a las redes sociales.
Por una cuestión de seguridad, el empleo de dispositivos móviles siempre estuvo prohibido en el ámbito carcelario, aunque cada vez más internos accedían a uno de manera ilegal, lo que muchas veces generaba situaciones de conflictos.
El documento elaborado por el SPB -y al que tuvo acceso PERFIL– explica que la medida “tiene como objetivo esencial facilitarle a la población privada de la libertad, el contacto con sus familiares y afectos, su desarrollo educativo y cultural y el acceso a información relativa a su situación procesal”.
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Además, destaca que “la habilitación de las comunicaciones a través de dispositivos regirá mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio”, aunque aclara que “los resultados de la puesta en práctica de este protocolo permitirán evaluar la extensión de su vigencia, así como la modificación o ampliación de su contenido”.
Los presos “sólo podrán realizar llamadas en los calabozos”, quedando prohibido el uso en los “pabellones, pasillos, espacios educativos, laborales y cualquier ámbito que no sea de alojamiento”. Eso sí, no existe ningún tipo de limitación en cuanto a los horarios y la cantidad de llamadas.
Otro punto importante es el costo de las comunicaciones. Según el protocolo, “correrá por cuenta del detenido” y no del SPB.
En cuanto al acceso a internet, el documento señala que “deberá limitarse estrictamente a contenidos que guarden relación con los objetivos de este protocolo”.
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“Se encuentra prohibido el uso de redes sociales, con excepción de la aplicación WhatsApp”, se indica. Respecto a personas procesadas o condenadas por pedofilia o distribución de pornografía infantil (hechos cometidos a través de redes sociales o mediante el uso de dispositivos telefónicos), el protocolo aclara que la autoridad penitenciaria “podrá inhabilitarle la cámara al dispositivo móvil del que resulte responsable o establecer condiciones de uso específicas para el caso en concreto”.
Para el resto de la población no existe ningún impedimento para el uso de la cámara de fotos, aunque señalan que “los dispositivos no podrán contar con memoria extraíble”.