La Suprema Corte de Justicia bonaerense creó un sistema de aporte solidario que busca que magistrados y funcionarios donen entre un 15 y un 20 por ciento
A través de la resolución 14/20, firmada por el presidente Eduardo de Lázzari con el acuerdo de todos los ministros de la Suprema Corte y la adhesión de la Procuración General, se establece que el sistema de aporte solidario estará constituido con aportes voluntarios de entre el 15 y el 20 por ciento del sueldo básico de los magistrados de la Suprema Corte; jueces del Tribunal de Casación; Cámaras de Apelación y de primera instancia; como así también de funcionarios de alto rango.
Fuentes del máximo tribunal bonaerense precisaron a Télam que, si bien la colaboración es voluntaria, se presume que la gran mayoría de los 2576 jueces, fiscales, defensores y funcionarios de Corte alcanzados por el artículo 2 de la resolución contribuirán.
Esos fondos serán destinados al Ministerio de Salud de la provincia y a instituciones de bien público provincial dedicadas a la atención sanitaria por la pandemia de Covid-19.
Entre los fundamentos de la resolución, la Suprema Corte provincial expresa que es “consciente del esfuerzo que la generalidad de los magistrados ponen cotidianamente al servicio de la función judicial incluso durante esta grave emergencia”; como también lo es del “rezago que tienen sus remuneraciones comparadas con otras jurisdicciones del país”.
Sin embargo -añade el cuerpo- “ante el duro trance que enfrenta la sociedad argentina elevadas razones de interés público tornan aconsejable instar el mecanismo solidario”.
Asimismo, el máximo tribunal bonaerense instrumentó un programa de medidas de austeridad del gasto, tendientes a generar el ahorro de partidas que pudieran complementar el Fondo Solidario como congelar la cobertura de cargos al 31 de marzo y suspender las puestas en funcionamiento de órganos jurisdiccionales y dependencias.
También, suspendió la adquisición de inmuebles, automotores y bienes de capital; la compra de material destinado a las bibliotecas del Poder Judicial; y el pago en concepto de viáticos y movilidad para las comisiones de servicios que no sean expresamente indispensables.
A la vez, la Corte dejará de pagar las horas cátedras que se abonan en el marco de las actividades del Instituto de Estudios Judiciales, “con excepción de aquellas en concepto de cursos dictados mediante modalidad virtual, y de las ya programadas en el marco de la implementación de la Ley Micaela de capacitación obligatoria en género”.
Se estableció, en paralelo, que los magistrados y funcionarios de Tribunal con cargo asimilable, que dispongan de equipo de telefonía celular asignado, “deberán reintegrar el importe de las facturas, durante el período que dure la situación de emergencia sanitaria”, pero la medida no comprende a los equipos dispuestos para los organismos judiciales de turno o en guardias.
Finalmente, el máximo tribunal provincial estableció que quedan exceptuadas de las medidas de austeridad y de prioridad del gasto, las contrataciones para adquirir bienes y servicios en el marco de la emergencia sanitaria, a partir de las acciones implementadas por el Tribunal o su Presidencia para el resguardo de la salud de los trabajadores.
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