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El Senado sancionó la ley que limita el uso de tierras incendiadas por entre 30 y 60 años

4 diciembre, 2020
in Politica
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Con críticas de la oposición, el oficialismo del Senado convirtió en ley el proyecto de Máximo Kirchner que restringe por entre 30 y 60 años el uso de tierras incendiadas -ya sea

intencionalmente o por accidente- con el fin de “garantizar la recuperación del suelo”. La iniciativa generó fuerte rechazo de sectores inmobiliarios y del campo.

El texto obtuvo 41 votos a favor, del Frente de Todos y aliados; 1 abstención, del correntino oficialista Carlos Espínola; y 28 votos en contra, de la oposición. Juntos por el Cambio denunció que es “excesivo, confiscatorio e inconstitucional”.

“En el presupuesto se agregaron 282 millones a lo ya establecido para el Manejo del Fuego. Nuestra Carta Magna establece que tenemos derecho a un ambiente sano y el deber de preservarlo y recomponer daño ambiental”, defendió la iniciativa Ana Claudia Amaron, del Frente de Todos. Y agregó: “No solo buscamos prevenir incendios con fines especulativos sino proteger y garantizar la recuperación del suelo. Estamos cumpliendo con una manda constitucional”.

Para Gladys González senadora del PRO y presidenta de la comisión de Ambiente, la iniciativa es “inconstitucional e inaplicable”. “Está cargada de ideología y mezcla todo. Va contra el principio de no regresividad, pone plazos para proteger ecosistemas que ya están protegidos por otras leyes a perpetuidad, y fija 30 y 60 años sin hacer diferencias entre los distintos ecosistemas y tiempos de recuperación que tienen”.

El senador por Entre Ríos y ex dirigente de la Federación Agraria Argentina Alfredo De Angelis señaló que la ley castiga al productor: “El interior profundo, los pequeños productores, no especulan. Pero esta ley, injusta, los condena a ellos, y yo no he visto todavía a ningún intruso que haya quemado un campo preso”.

En esa línea, la cordobesa Laura Rodríguez Machado agregó: “Es un pensamiento de hippie chic creer que siempre la culpa es del capitalismo, que los incendios son por desarrollos inmobiliarios o para aumentar hectáreas producidas de campos. No entienden lo que pasa con el cambio climático”.

Qué dice el proyecto

El texto establece que en el caso de incendios de “zonas agrícolas, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural”, la prohibición rige por 30 años.

En ese plazo, no se podrán realizar emprendimientos inmobiliarios; cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio; y la modificación de uso de una superficie con el fin de desarrollar prácticas agropecuarias intensivas.

En caso de incendios de humedales, áreas protegidas, bosques nativos o implantados se prohíbe por 60 años realizar modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio.

En ese sentido, prohíbe la división, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, en caso de tierras particulares. En caso de tierras fiscales también se prohíbe su venta.

Además, impide “cualquier actividad agrícola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio”.

“El objetivo es primordialmente garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, y entendemos que es esencial para eso que dichas superficies mantengan el uso del suelo que tenían previo al incendio”, asegura en sus fundamentos el proyecto.

El proyecto surgió después de la crisis de incendios que registró el país. A principio de octubre había 11 provincias afectadas con focos de fuego -Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, San Luis, Salta, Tucumán, Corrientes, Misiones, La Rioja, Chaco y Catamarca- y un informe del Servicio Nacional de Manejo del Fuego había aseverado que “en el 95% de los incendios forestales son producidos por intervenciones humanas” o eran “intencionales”.

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