Mientras dure el aislamiento social obligatorio, los bebés que nazcan en Mendoza durante la pandemia de coronavirus estarán
indocumentados. Así lo dispuso en una resolución el Registro Civil de Mendoza con el argumento de que los empleados deben cumplir con el decreto presidencial de quedarse en sus casas. Solo quedan exceptuados los bebés que deban someterse a una intervención quirúrgica de emergencia y podrán tramitar el DNI con alguna autoridad de turno.
La resolución del Registro Civil de Mendoza, avalada por su titular Sebastián Cremaschi, resuelve que los padres deberán informar el nacimiento vía email a: registrocivil@mendoza.gov.ar. Durante este período, el Registro Civil sólo realizará el trámite en caso de que el niño deba ser sometido a una intervención quirúrgica de urgencia. El resto, deberá esperar un turno que se le otorgará a futuro cuando concluya el aislamiento y por orden de inscripción.
En el mensaje on line deberá consignarse el nombre y apellido de la madre, el DNI de la madre, el número de teléfono celular de contacto, la fecha de nacimiento del hijo o hija; y el hospital, clínica o sanatorio en el que se realizó el nacimiento. La información irá a una base de datos para otorgar un turno luego de la cuarentena. “Una vez que concluya la medida de aislamiento dispuesta por el Poder Ejecutivo nacional, el Registro Civil, se comunicará con cada familia para convenir día, hora y oficina a la que deberán concurrir los padres para la inscripción del nacimiento del hijo o hija y la tramitación del DNI correspondiente”, informó el comunicado del gobierno de Mendoza.
Para la abogada Marisa Herrera, docente de la UBA e investigadora del Conicet, el aislamiento social, preventivo y obligatorio no puede ser un argumento válido para suspender todos los derechos, en especial, el derecho a la identidad. “La inscripción de nacimiento es una de las tantas facetas de la identidad de una persona, central porque constituye su ingreso al mundo jurídico. Sin inscripción la persona es un NN y, por ende, carece de un DNI, de poder tener cobertura médica o acceder a la AUH justo en este momento tan complejo”, sostiene Herrera. Y asegura que con se comete violación de los derechos humanos de los recién nacidos. “¿Cómo un organismo público de tanta relevancia para la identidad de las personas profundiza la violación de derechos humanos en este contexto de suma gravedad? El Estado como garante último de los derechos humanos de la población debe estar para brindar soluciones, no para agravarlos”.
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El argumento del Registro Civil del gobierno de Mendoza es que la suspensión de la inscripción de nacimientos ha sido tomada por la medida de aislamiento social, preventivo u obligatorio dispuesto por el decreto del 297/2020 del presidente Alberto Fernández.
Los plazos legales y constitucionales para la inscripción son dentro de los 40 días corridos desde el momento del nacimiento de la persona. Sin embargo, el gobierno de Mendoza entiende que todos los plazos y formas de proceder a la inscripción de nacimientos en el registro Civil deberá evaluarse en el “especial contexto”de emergencia en el que se encuentra inmerso nuestro país, la potencial crisis sanitaria y social que pretende mitigar el decreto presidencial, con motivo del brote de Covid-19. Y este decreto presidencial, dice Cremaschi, “dispone para todas las personas que habitan el país, la obligación inalienable de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Y, concluye, si bien hay excepciones, la actuación del Registro Civil en relación a la inscripción de los nacimientos “no se encuentra enmarcada en dichos supuestos”.
La abogada Herrera plantea que la respuesta adecuada debería ser un sistema de inscripción y confección de la partida de nacimiento de carácter digital: “Incluso se podría pensar en una inscripción provisoria, pero la respuesta no puede ser la falta de inscripción con la consecuencias gravosas que se deriva de ello”.
GS
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